El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aprobó este viernes un nuevo esquema de estrategias de vacunación antiaftosa para bovinos y bubalinos en todo el territorio nacional, que se implementará a partir de este año y con modificaciones previstas desde 2026.
Senasa estableció nuevas estrategias de vacunación antiaftosa para bovinos y bubalinos
La Resolución 711/2025 fijó los períodos, modalidades y excepciones para las campañas de vacunación contra la fiebre aftosa en todo el país. También aprobó el uso del Acta de Vacunación Única y dispuso la obligatoriedad de registrar los procedimientos en el sistema informático oficial.
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La Resolución entra en vigencia este viernes y deroga normativas previas sobre vacunación antiaftosa dictadas entre 2002 y 2013, con el objetivo de actualizar y unificar el marco regulatorio vigente.
La Resolución 711/2025, firmada por la presidenta del organismo, María Beatriz Giraudo Gaviglio, establece que la vacunación sistemática seguirá siendo la herramienta principal de prevención y control de la fiebre aftosa, enfermedad que no registra ocurrencias en el país desde 2006 y cuyo estatus de “zona libre con vacunación” es reconocido internacionalmente.
Las nuevas estrategias de vacunación antiaftosa para bovinos y bubalinos
Entre los puntos centrales, la norma fija que los períodos de vacunación no podrán superar los 60 días corridos, salvo excepciones de hasta 90 días para determinadas jurisdicciones. A partir de 2026, las campañas que involucren todas las categorías de animales deberán realizarse en un máximo de 60 días, y las que alcancen solo a terneros y terneras en 30 días.
El Senasa dispuso además que todas las vacunaciones deberán asentarse en el Acta de Vacunación Única, que será registrada obligatoriamente en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA), ya sea en formato papel o mediante la aplicación móvil SIGSA App Vacunación. El plazo máximo para cargar las actas será de siete días corridos desde la finalización del procedimiento.
La resolución también incorpora definiciones clave como las de vacunación total, parcial y estratégica, así como la figura del “Acta Cero” para documentar la ausencia de existencias en los establecimientos. A su vez, establece la prohibición de movimientos de hacienda mientras dure la campaña en un predio hasta tanto se complete la vacunación y se registren las actas correspondientes, salvo los traslados con destino a faena inmediata.
Asimismo, el texto contempla excepciones para establecimientos de engorde a corral y guacheras comunitarias, que podrán aplicar esquemas estratégicos, y otorga a la Dirección Nacional de Sanidad Animal la facultad de introducir modificaciones según condiciones productivas, climáticas o epidemiológicas.
La Resolución 711/2025 entra en vigencia a partir de hoy y deroga normativas previas sobre vacunación antiaftosa dictadas entre 2002 y 2013, con el objetivo de actualizar y unificar el marco regulatorio vigente.
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