La Aduana modificó los requisitos para la acreditación del domicilio fiscal que consta en el registro de importadores y exportadores, según la resolución 2285 publicada hoy en el Boletín Oficial.
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La norma apunta a que se contemple como único domicilio a informar el domicilio fiscal del operador del comercio exterior para simplificar los trámites.
De esta forma se determinó que los operadores de comercio exterior -privados, oficiales y, en su caso, no habituales- deberán utilizar el formulario de declaración jurada "Solicitud de Inscripción para Importadores/Exportadores", en lugar del que venían utilizando anteriormente.
En tanto, los importadores o exportadores de la administración pública nacional, provincial o municipal deberán cumplir con la presentación de dos o tres ejemplares del formulario y designar a los despachantes de aduana que actuarán en su representación ante la Aduana.
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