Bueno para pymes: comienza a regir en octubre readecuación de encajes
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La readecuación de la normativa de efectivo mínimo que definió el Banco Central contempla tres capítulos.
El primero de ellos, contempla la eliminación gradual, en tres períodos, de la deducción del "efectivo computable" en el encaje legal.
De esta forma, a partir de octubre próximo se podrá deducir únicamente el 75 por ciento del efectivo computable.
Entre diciembre de 2012 y febrero de 2013 sólo el 25 por ciento del efectivo computable y a partir de marzo de 2013, ya no habrá deducciones por este concepto.
La segunda etapa determina una disminución gradual, entre octubre y marzo próximos, de los coeficientes de exigencia de efectivo mínimo para los depósitos a la vista y plazos fijos, que será diferenciada en función de la zona en la que está radicada la sucursal del banco donde se realizó el depósito.
En la zona I (grandes centros urbanos y localidades con mayor grado de desarrollo y bancarización) el encaje sobre los depósitos a la vista será 2 puntos porcentuales inferior al actual (pasa de 19% a 17%), mientras que en el resto de las zonas será 4 puntos porcentuales menor al actual (pasa de 19% a 15%).
Para los depósitos a plazo, los coeficientes serán 1 punto porcentual inferiores a los actuales en la zona I y 2 puntos porcentuales menores en las otras zonas.
Del mismo modo, el Directorio del Banco Central también aprobó un cambio en el régimen de zonificación para el sistema financiero, definiendo seis zonas en lugar de las cuatro actuales, en función de la infraestructura de servicios que poseen o que requieren, a los efectos de ampliar la cobertura geográfica del sistema, atender a las zonas con menor potencial económico y densidad poblacional y promover el acceso universal de los usuarios a los servicios financieros.
La tercera y última etapa fija una baja en la exigencia de efectivo mínimo a las entidades en función de la participación del crédito a micros, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) sobre el total de préstamos al sector privado.
En este caso se definió una escala según la cual las entidades que le presten a este sector más del 30 por ciento de su cartera de préstamos al sector privado podrán deducir un monto equivalente al 3 por ciento de sus depósitos, que comenzará regir a partir de diciembre próximo.



