30 de julio 2002 - 00:00

Comunicado oficial del gobierno de Uruguay

Ministerio de Economía y Finanzas y Ministerio del Interior

Montevideo, 30 de julio de 2002

Visto que el Banco Central del Uruguay (BCU) informa la suspensión de actividades de los bancos Montevideo y Caja Obrera en atención al incumplimiento de la normativa vigente, considerando la conveniencia de declarar un feriado bancario el día 30 de julio de 2002 a los efectos de instrumentar las medidas pertinentes.

Atento a lo expuesto precedentemente el presidente de la República decreta:

Artículo 1: Declárese feriado bancario el día 30 de julio de 2002.

Artículo 2: el presente decreto entrará en vigencia a partir de su aprobación.

Artículo 3: comuníquese, publíquese etc.

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