23 de mayo 2001 - 00:00

Convenio para mejorar la Competitividad y la generación de empleo

PARTES:
- ESTADO NACIONAL
- ESTADOS PROVINCIALES
- CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
- Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (AFAC)
- Asociación de Fábricas de Automotores (ADEFA)
- Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADMIRA)
- Centro de Industriales Siderúrgicos (CIS)
- Cámara de la Industria Química y Petroquímica (CIQyP)
- Cámara de la Industria del Neumático (CIN)
- Asociación de Concesionarios de Automóviles (ACARA)
- Unión Obrera Metalúrgica (UOM)
- Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA)
- Asociación de Supervisores de la Industria Metalmecánica (ASIMRA)
- Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA)


En la Ciudad de Buenos Aires a los 23 días del mes de mayo del año dos mil uno se reúnen en el Salón Blanco de la Casa de Gobierno de la Nación, el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales, El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, AFAC, ADEFA, ADMIRA, CIS, CIQyP, CIN y ACARA en su carácter de representantes del sector de la industria automotriz, la UOM, SMATA, ASIMRA y SUTNA, en su carácter de representantes de los trabajadores, con el objeto de mejorar la competitividad nacional e internacional del sistema productivo argentino, crear las condiciones favorables a la inversión y al empleo y contribuir a la paz social, para lo cual asumen los siguientes compromisos:

1. El GOBIERNO NACIONAL se compromete a otorgar a los industriales de la cadena de valor del sector automotriz los siguientes beneficios, atendiendo la legislación que se encuentre vigente:
1.1 Disminuir los costos registrales de los vehículos 0km y transferencia de vehículos usados que hoy superan el 5% a no más del 1% del precio del vehículo.
1.2 Eliminar el impuesto interno del 4% para automóviles que superen los $ 22.000.
1.3 Disminuir la alícuota del IVA al 10,5% para las ventas de automóviles 0km destinados para taxi y remises que estén registrados oficialmente en el ámbito nacional o provincial, además de los utilitarios, camiones y buses ya vigentes.
1.4 Los responsables inscriptos en el IVA podrán computar como crédito fiscal, y con las limitaciones que en cada caso se establezcan, el gravamen que les sea facturado por la compra y locación (incluidos los derivados de contratos de leasing) de automóviles, como así también las compras y prestaciones de servicios vinculadas con la reparación, mantenimiento y uso de los mismos.
1.5 Eximir del pago del impuesto al endeudamiento empresario.
1.6 Eximir del pago del impuesto a la renta mínima presunta.
1.7 Otorgar al pago de los aportes patronales destinados al subsistema previsional, el carácter de crédito fiscal IVA.
1.8 Establecer un reintegro del 6% a las compras de autopartes nacionales que realicen las terminales para integrar a la producción local.
1.9 Crear los mecanismos para que las empresas industriales del sector automotriz de las cámaras firmantes del presente, que dispongan de saldos técnicos de IVA puedan utilizar los mismos como garantía de créditos en el sistema financiero.
1.10 Evaluar un régimen aduanero que permita el pago de los tributos aduaneros una vez que los vehículos salen de la línea de fabricación.
1.11 Promover en un plazo de 90 días el Programa de Desarrollo de Autopartistas Locales, con el objetivo de incorporarlos como proveedores mundiales de autopartes.
1.12 Intensificar el control técnico vehicular obligatorio conforme a la Ley de Tránsito.
1.13 Promover líneas de crédito a tasas preferenciales destinadas a camiones y buses.

Los compromisos asumidos por el GOBIERNO NACIONAL se mantendrán en la medida que las PARTES cumplan cabal y oportunamente con sus propios compromisos y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2003.

2. Los GOBIERNOS PROVINCIALES y el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES se comprometen a otorgar a los industriales de la cadena de valor del sector automotriz los siguientes beneficios:

2.1 Eximir del pago del Impuesto a los Ingresos Brutos en la etapa industrial para aquellas provincias que aún no lo han hecho.
2.2 Exceptuar del Impuesto de los Ingresos Brutos a las ventas en la etapa industrial de contribuyentes de extraña jurisdicción y a condición de reciprocidad.
2.3 Impulsar y propiciar medidas tendientes a la eliminación o absorción de tasas municipales que afecten los procesos productivos.
2.4 Eliminar todas las regulaciones que traban la inversión, producción, y comercialización de automotores.
2.5 Consensuar en el marco del Sistema Integrado de Inspección del Trabajo y la Seguridad Social y en el ámbito del Consejo Federal del Trabajo, la verificación del cumplimiento de los compromisos laborales asumidos por las partes signatarias del presente acuerdo.
2.6 Promover una reducción del valor de la patente.

3. Los INDUSTRIALES DEL SECTOR AUTOMOTRIZ representados por AFAC, ADEFA, ADIMRA, CIS, CIQyP y CIN, se compromete a:

3.1 Las terminales automotrices reducirán sus precios de venta al público por todo concepto, en un 10/20 % para los vehículos nacionales, excluyendo la alícuota del IVA.
3.2 Los fabricantes de autopartes reducirán sus precios de venta a las terminales en el equivalente al 100% (cien por ciento) de la reducción de costo experimentada por la eliminación de impuestos distorsivos.
3.3 Las empresas productoras de insumos aglutinados en la CIS y la CIQyP, ofrecerán sus productos al resto de la Industria automotriz, en calidad y valores alineados a precios competitivos internacionales, en condiciones de comercio leal para operaciones equivalentes.
3.4 Preservar los niveles de empleo, existentes a la fecha de suscripción del presente acuerdo, por el término de un año, en el sector y actividad que por el presente acuerdo se promueven. Asimismo y con la participación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, las representaciones sindicales y empresariales analizarán la implementación de mecanismos institucionales, que permitan preservar el empleo ante situaciones de crisis para el personal encuadrado en los Sindicatos que firmen el presente acuerdo.
3.5 Las terminales automotrices harán los mejores esfuerzos para proveer un financiamiento para la compra de vehículos 0Km. con una tasa de interés no superior al 10% anual.
3.6 Las terminales automotrices se comprometen a realizar gestiones ante sus casas matrices para incorporar a las autopartistas locales como proveedores mundiales.
3.7 Realizar los esfuerzos conducentes a incrementar la integración de partes nacionales, la producción y las exportaciones.

4. Los empresarios del Sector de la comercialización, representados por ACARA, ratifican y hacen suyo el compromiso asumido por los industriales del sector automotriz en el punto 3.4 del presente acuerdo.

5. La UOM, SMATA, ASIMRA y SUTNA se comprometen a apoyar las medidas emergentes de este acuerdo, que contribuyan a mejorar la competitividad y la generación de empleo.

6. La PARTE EMPRESARIA representada por AFAC, ADEFA, ACARA, ADMIRA, CIS, OIQyP y CIN, y la PARTE SINDICAL representada por la UOM, SMATA, ASIMRA y SUTNA, se comprometen a:

6.1
En materia de negociación colectiva y habida cuenta del actual contexto económico, la parte empresaria y la parte sindical entienden que un efectivo crecimiento productivo y de la demanda de la actividad son condiciones necesarias para emprender las tratativas. En orden a ello y sin menoscabo de las facultades que le competen al Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, ambas partes fijan un plazo no inferior a seis (6) meses, contados a partir de la firma del presente, para dar comienzo a las negociaciones tendientes a la actualización o renovación, en su caso, de las convenciones colectivas de trabajo vigentes. Las mismas partes establecen que, a partir de su inicio, la duración de las negociaciones no podrá extenderse más allá de los dos (2) años.
Quedan exceptuados de las estipulaciones contenidas en el presente apartado, los convenios colectivos que se encuentran dentro de su plazo de vigencia originario, así como también, aquellos convenios que, a la fecha de suscripción de este acuerdo, tengan abierta una Unidad de Negociación a los fines de su renovación.
El plazo de 6 (seis) meses aludido en el presente apartado podrá ser reducido mediando acuerdo de partes.
6.2 Dentro del lapso de seis (6) meses aludido en el apartado anterior, las partes analizan las condiciones en que se devuelve el sector Pymes de la actividad, con la finalidad de iniciar tratativas tendientes a la inclusión de un capítulo específico que comprenda a dichas empresas, dentro de los convenios colectivos de trabajo de rama o actividad vigentes o que se celebren como consecuencia de este acuerdo.
6.3 En el marco de los compromisos recíprocos asumidos en el presente acuerdo, ambas partes se comprometen a atender criterios de productividad y de respeto a los derechos de los trabajadores, a fin de mejorar la competitividad del sector.
6.4 Las partes empresarias y sindicales, con la participación del Gobierno Nacional, convienen en diseñar y ejecutar, de manera conjunta, un Programa de Formación Profesional para el sector automotriz, destinado a incrementar la capacitación y el nivel de calificación de los trabajadores desocupados. Para el desarrollo
Tripartito de este proyecto, las partes se comprometen a celebrar dentro de los treinta (30) días de la firma de este acuerdo, un convenio específico en el que se establecerán las responsabilidades y funciones, el financiamiento y las acciones de investigación necesarias para el desarrollo de un esquema de Formación Profesional Integral para el sector.

7.- CLAUSULA GENERAL:

7.1 Dada la reconocida necesidad de recuperar la actividad del sector automotriz y vista la decisión del Gobierno Nacional de propiciar políticas activas, tenientes a reactivar esta industria y estimular la creación de puestos de trabajo, se considera conveniente dar continuidad a la concurrencia del Estado Nacional conjuntamente con las representaciones empresarias y sindical- para encontrat soluciones a los problemas que aquejan a la actividad. En consecuencia, se conviene constituir una Comisión de Seguimiento del Acuerdo y de Elaboración de un Programa de Reconversión Estratégico. La Comisión que se crea por este acuerdo estará integrada por tres (3) representantes del Gobierno Nacional (dos en representación del Ministerio de Economía y uno en representación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos), un (1) representante por cada uno de las cámaras suscribientes del sector empresario, tres (3) representantes del sector sindical y tres (3) representantes de las Provincias que serán elegidos a través del Consejo Federal de Industria; los cargos serán desempeñados con carácter "ad-honorem". En su primera reunión, la Comisión aprobará su reglamento de funcionamiento. Toda vez que la Comisión trate cuestiones específicas que hicieren necesaria la intervención de otros Organismos Públicos, estos serán convocados con carácter de no permanente.
Entre otras funciones, esta Comisión tendrá las siguientes:
a) Impulsar el efectivo cumplimiento de los compromisos asumidos.
b) Considerar otras propuestas que las partes signatarias estimen pertinentes para el logro de los objetivos del presente acuerdo.
c) Recibir los requerimientos que le presenten las empresas del sector, en relación a sus pasivos originados en deudas previsionales y fiscales, los que serán elevados, para su tratamiento en forma prioritaria, a las autoridades que correspondieren.
d) Tratará en plazos perentorios el Tratado de Florianópolis que fuera necesaria para su normalización, con especial preocupación por resguardar el contenido nacional.
7.2 Los compromisos asumidos caducarán y tendrán finalización el 31 de diciembre de 2003.

No siendo para más, se suscriben tantos ejemplares como partes, de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Dejá tu comentario

Te puede interesar