12 de diciembre 2007 - 00:00

Corte contra fondos comunes: rechazó un amparo por pesificar

Esteban Righi
Esteban Righi
La Corte Suprema de Justicia rechazó ayer un amparo presentado por ahorristas de un fondo común de inversión que pretendían obtener la inconstitucionalidad de las normas de emergencia económica para recuperar su dinero en dólares (más las ganancias obtenidas).

En el fallo sostuvo que las operaciones de este tipo son diferentes «a los depósitos en entidades bancarias» porque se trata «de un negocio complejo y de riesgo, sujeto a una normativa específica». Sin adentrarse en la cuestión de fondo, rechazó la demanda al considerar que en el caso de fondos comunes de inversión, los ahorristas individuales no están legitimados para ir a la Justicia, sino que debe hacerlo la entidad gerente.

En sintonía con el dictamen previo del procurador general de la Nación, Esteban Righi, la Corte entendió que se trata de una «operación en la que el inversor se encuentra no sólo frente a la expectativa de obtener ganancias, sino también expuesto a tener que soportar pérdidas». Los demandantes, José Mata Peña y Bernardo Cornejo Martínez, pretendían recuperar del Banco Francés u$s 18.400 «en la misma moneda y con sus rendimientos», que habían colocado en un fondo común de inversión.

En el fallo se aludió a la ley que regula a esa alternativa de inversión y que atribuye a «la sociedad gerente el ejercicio de la representación colectiva de los copropietarios indivisos es decir, de quienes invierten en un determinado fondo», remarcó el fallo.

La Corte revocó un fallo en sentido contrario que había dictado la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná en la causa iniciada por los ahorristas. Pretender la restitución del dinero en dólares y con las ganancias obtenidas « involucra el ejercicio de facultades de gestión reservadas por imperativo legal a la sociedad gerente».

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