Varias modificaciones impositivas con efectos para empresas y personas comienzan a tener efecto desde hoy. Están básicamente concentradas en Ganancias y Sellos, y en este último caso se planteó una seria disputa legal al superponerse la imposición entre la Ciudad de Buenos Aires y la Nación. Concretamente rigen estas medidas: IMPUESTO A LAS GANANCIAS
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• Las sociedades nuevamente pasarán a tributar con una alícuota de 35por ciento para el período fiscal 2003; ya que la ley sancionada por el Congreso la semana pasada, y que colocaba el porcentaje en 30 por ciento, sólo rige para 2002. Esta medida fue tomada por el Ministerio de Economía, como alternativa a la aplicación de un índice de ajuste por la inflación generada en el primer semestre del año pasado. Esto originó muchas protestas en las empresas que deberán pagar antes de abril la liquidación de Ganancias del año pasado.
• Los trabajadores en relación de dependencia que ganen entre $ 1.460 y $ 2.000 por mes dejarán de pagar este impuesto; mientras que la presión general sobre los empleados bajará a partir del aumento de la base imponible. Suben además las deducciones por cónyuge y por hijo para los trabajadores casados. El beneficio también alcanzará para los autónomos. Sin embargo, en estos casos habrá que esperar a percibir el beneficio al segundo semestre del año, cuando comiencen a liquidarse los anticipos de ganancias correspondientes al ejercicio 2003.
• También se mantendrá la posibilidad de deducir hasta 20.000 pesos en los intereses de los créditos hipotecarios tomados desde enero de 2001 siempre que hayan sido aplicados a vivienda de uso único y familiar. IMPUESTO A LOS SELLOS
El gobierno nacional y el de la Ciudad de Buenos Aires deberán resolver en los próximos días la situación planteada, y en principio inconstitucional, de la posible doble imposición del tributo a los sellos. Esta situación se generó a partir de la reciente sanción de una norma por parte de la Legislatura porteña de apli-carlo también dentro de la Ciudad de Buenos Aires, en el caso que se compren inmuebles no destinados a la vivienda. Históricamente la Capital Federal pagaba el impuesto a los sellos para diversos tipos de contratos societarios, pero durante la administración de Carlos Menem se lo eliminó para casi todas las circunstancias excepto para la compra de inmuebles que no sean viviendas.
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