La Secretaría de Energía dejó sin efecto el régimen de registro establecido en abril para las exportaciones de petróleo, gasoil y gas licuado de petróleo (GLP). La medida automatiza las ventas externas de esos productos, que hasta ahora debían inscribirse en un registro de contratos de exportación y esperar el otorgamiento de la correspondiente constancia de registro para poder tramitar la venta ante la Aduana.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
En los hechos, por lo menos hasta setiembre, la Subsecretaría de Combustibles demoraba la entrega de las constancias y complicaba las operaciones de las petroleras, en muchos casos, sujetas a contratos con fecha de entrega.
Ahora, se elimina el registro de las operaciones de exportación de crudo y se establece que, en el caso de las ventas externas de gasoil y GLP, la registración y aprobación serán automáticas.
Asimismo, según la Resolución 202 de la Secretaría de Energía, las empresas petroleras deberán remitir en forma trimestral a la Subsecretaría de Combustibles la proyección sobre el stock inicial de cada uno de los tres meses, volumen a producir, a vender en el mercado interno y exportaciones, con indicación de destino y stock final previsto.
•Reclamo atendido
La norma deroga las medidas que se dispusieron para dosificar la exportación de petróleo y gasoil, y responde al reclamo de las petroleras de que se eliminen las trabas regulatorias que se impusieron luego de la ley de emergencia. Para esas empresas, además, la eliminación de medidas intervencionistas por parte del gobierno argentino mejora la imagen ante las calificadoras crediticias. De todas formas, las petroleras siguen insistiendo por otro aspecto más importante para el negocio: el decreto que ratifique la posibilidad de liquidar 70% de las divisas provenientes de las exportaciones en el exterior. Aunque el decreto fue anunciado por el secretario de Energía, Enrique Devoto, en forma pública el viernes pasado, durante la semana no se notaron avances.
Dejá tu comentario