El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dio un nuevo paso en la normalización del régimen cambiario con la emisión de la Comunicación “A” 8390, que introduce ajustes puntuales en el texto ordenado de las normas sobre “Exterior y Cambios”.
Dólar y deudas: el BCRA modificó una normativa y relaja el cepo para las empresas
El Central permitirá el acceso al MLC a empresas sin necesidad de autorización previa cuando se trate de precancelaciones de capital y en otros casos.
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El Gobierno busca flexibilizar el acceso de las empresas al MLC.
La modificación establece que las empresas podrán acceder al mercado oficial de cambios para disponer de dólares con el fin de cancelar deuda, siempre y cuando consigan préstamos con una vida promedio más larga al cancelado o emitan una nueva ON. Tambien incluye el pago adelantado de cuotas de capital.
El punto 3.6.4. regula el acceso al Mercado Libre de Cambios (MLC) con anterioridad al vencimiento para la cancelación de títulos de deuda con registro público en el país denominados en moneda extranjera y obligaciones en moneda extranjera entre residentes.
Hasta la modificación, este acceso anticipado requería, en principio, la conformidad previa del BCRA, salvo en supuestos excepcionales expresamente enumerados (como ciertas precancelaciones en procesos de canje de deuda, refinanciaciones con plazos mínimos o condiciones de cumplimiento de esquemas previos).
Con la Comunicación “A” 8390, el BCRA relaja esta exigencia al eliminar o ampliar las condiciones para el acceso anticipado en ciertos casos, facilitando la gestión de pasivos corporativos heredados.
Entre los cambios clave incorporados al punto 3.6.4. se destacan:
- Se permite el acceso al MULC con anterioridad al vencimiento sin necesidad de autorización previa del BCRA cuando se trate de precancelaciones de capital e intereses que cumplan con requisitos objetivos de refinanciación o reestructuración previamente validados (por ejemplo, manteniendo o mejorando la vida promedio de la deuda o cumpliendo con topes de acceso neto equivalentes a los establecidos en comunicaciones anteriores).
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Se incorporan mayores flexibilidades para obligaciones vinculadas a deudas comerciales o financieras pre-2025 que hayan sido objeto de renegociación con acreedores externos, siempre que se acredite la reducción efectiva de presiones sobre el balance de pagos.
Se mantiene la prohibición general de acceso anticipado para deudas entre residentes concertadas post septiembre de 2019, pero se amplían las excepciones para casos de canjes o refinanciaciones que impliquen entrada neta de divisas o extensión de plazos.
La mirada del BCRA y del mercado
La medida busca descomprimir el stock de pasivos pendientes que aún restringen la capacidad de inversión y repatriación de utilidades de empresas con deudas en moneda extranjera, alineándose con la estrategia gradual de salida del cepo corporativo.
Fuentes del BCRA indicaron que esta adecuación forma parte de la hoja de ruta 2026, condicionada al sostenimiento de la acumulación de reservas y al acceso del Tesoro a los mercados voluntarios internacionales.
Analistas del sector financiero evaluaron la modificación como un avance concreto hacia una mayor predictibilidad para el sector privado, aunque advirtieron que el impacto pleno dependerá de la evolución de las reservas netas y de la eliminación progresiva de las restantes trabas sobre stocks de dividendos y deudas comerciales heredadas.
Se espera que, en los próximos meses, se publiquen nuevas comunicaciones que profundicen estas medidas de flexibilización, siempre que se mantengan las condiciones macroeconómicas de estabilidad cambiaria y fortalecimiento de reservas.
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