El Poder Ejecutivo Nacional autorizó ayer una nueva emisión de Bonos de Consolidación de Deudas en moneda nacional, ajustados por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), para ofrecer a los titulares de BOCON que están pendientes de cancelación.
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A través del Decreto 1.873/02, publicado ayer en el Boletín Oficial, se estableció que determinadas deudas que no se hubieren cancelado y que, con independencia de la moneda de origen, el acreedor haya optado por recibir Bonos de Consolidación y Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en dólares, se convertirán a moneda nacional.
Para tal fin, el Poder Ejecutivo Nacional facultó al Ministerio de Economía a emitir la cuarta serie de BOCON 2016 en moneda nacional a una tasa de 2 por ciento anual, a 13 años y 11 meses de plazo, donde el saldo del capital será ajustado por el CER.
•Cancelar deudas
También se autorizó la emisión de la tercera serie de BOCON 2010 en moneda nacional, a una tasa de 2 por ciento anual, a siete años y 11 meses de plazo, y el saldo de capital ajustado por el CER.
Asimismo, se dispuso la emisión de la segunda serie de los BOCON 2010, en moneda nacional a 2 por ciento, a 8 años y 10 meses de plazo, ajustados por el CER, y la segunda serie de Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en moneda nacional a 2 por ciento anual de interés, a un año y siete meses de plazo y con ajuste por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).
Estos bonos servirán para cancelar deudas con acreedores que en su momento aceptaron Bonos de Consolidación en moneda nacional, que están pendientes de cancelación, y para los tenedores de Bonos de Cancelación de Deudas Previsionales en moneda nacional.
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