En un contexto de alta inflación, las empleadas domésticas denuncian recortes de horas de trabajo y la consecuente reducción salarial. En ese sentido, la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) aclaró que los empleadores no pueden modificar el esquema de manera unilateral.
Empleadas domésticas: qué dijo el sindicato sobre el recorte de horas de trabajo
La rama del servicio doméstico tiene altos niveles de informalidad. En consecuencia, sus trabajadoras quedan más expuestas a las turbulencias económicas.
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Empleadas domésticas.
El servicio doméstico es la rama de actividad con mayor informalidad. Por ese motivo, también es el rubro que queda más expuesto a modificaciones en sus condiciones de trabajo, más aún en un contexto de tanta incertidumbre económica.
Empleadas domésticas: la postura del sindicato sobre el recorte de horas
La UPACP explicó que el convenio pactada no se puede modificar de manera unilateral y que, en el caso de que el empleador quiera disminuir la jornada laboral, deberán acordar entre ambas partes involucradas para generar un nuevo convenio.
También aclararon que el nuevo acuerdo debe detallar las nuevas condiciones y quedar documentado y firmado para que cada parte tenga una copia. Además, advirtieron que la parte empleadora tendrá que notificar la nueva carga horaria a la Administración federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Empleadas domésticas: ¿Cómo calcular el aguinaldo?
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que quienes tengan a cargo una trabajadora de casas particulares, deberán abonar la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) en la última jornada laboral previa al 18 de diciembre.
El SAC se calcula en base al 50% del mejor sueldo que haya tenido la trabajadora a lo largo del último semestre.
En caso de que la prestación de los servicios sea inferior a los seis meses o la relación laboral se haya extinguido antes de concluido el período, se deberá liquidar en forma proporcional al lapso trabajado. El monto surgirá de dividir por 6 los meses trabajados. Por ejemplo, en el caso en que sean 4 meses, la cifra será el equivalente al 66,67% del 50% del mejor sueldo de ese período.
Por otra parte, es importante saber que no existe un mínimo de horas a partir del cual se perciba el aguinaldo. Asimismo, cuando termina el contrato de trabajo por cualquier causa, se debe abonar la parte proporcional del SAC.
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