4 de octubre 2001 - 00:00

Habilitaron pago de impuestos con bonos

El gobierno decretó ayer la posibilidad de cancelar impuestos futuros con títulos públicos que venzan antes de diciembre de 2003, incluyendo los cupones de interés y el capital de los bonos. Se menciona específicamente que los papeles deberán estar inmovilizados por los contribuyentes entre el momento de su compra y la liquidación de los impuestos con los títulos. El Decreto 1226 que lleva la firma del presidente Fernando de la Rúa; el jefe de Gabinete, Chrystian Colombo, y el ministro de Economía, Cavallo menciona que se mantiene la prohibición de utilizar el régimen para cancelar el impuesto al cheque y las contribuciones patronales. Sí podrá usarse para el IVA, Ganancias, Ganancia Mínima Presunta y el impuesto al endeudamiento empresario.

Para que este mecanismo comience a tener plena vigencia legal, habrá que esperar que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamente los mecanismos técnicos para efectuar la operación. Se espera dentro del Ministerio de Economía, que el organismo recaudador que dirige ahora Armando Caro Figueroa reglamente la medida a comienzos de la próxima semana con lo que a más tardar el 15 de octubre podría estar ya en vigencia.

En los considerandos del decreto figuran los justificativos que el lunes pasado había expuesto Domingo Cavallo para el lanzamiento de este plan. En el primer párrafo se afirma que «la situación económica por la que atraviesa el país hace aconsejable la adopción de medidas complementarias a efectos de incluir la reducción de los rendimientos de los títulos públicos, contribuyendo así a una baja de interés que facilite la reactivación de la economía con el consiguiente aumento en la recaudación impositiva».

Las características generales de la medida son las siguientes:

• Los Cupones de Crédito Fiscal (CCF) que se emitan hasta el 31 de diciembre de 2001, podrán ahora ser utilizados para los cupones de capital y los intereses
.

• No hay discriminación ni por denominación ni moneda, con lo cual podrán usarse todos los títulos emitidos por el Estado argentino y que tengan vencimiento el 31 de diciembre de 2003. Se incluyen los títulos que cierren más allá de esa fecha pero que corten cupón de interés y capital antes de enero de 2004.

• Habrá un cupo de $ 1.000 millones
. Economía estará auto-rizado a emitir CCF hasta completar ese monto. El otorgamiento de los CCF dependerá del momento en que se adhiera el contribuyente al sistema, sin importar el monto de dinero a través de títulos que adquiera.

• La fecha límite para este llamado será el 31 de diciembre de 2.001
. Hasta esa fecha los contribuyentes interesados podrán depositar bonos que venzan hasta el año 2003 en una cuenta en la Caja de Valores.

• Una vez concedido el CCF, el contribuyente deberá respetar el corte de cupón de vencimiento del título, y no podrá utilizarlo para otro fin que no sea cancelar impuestos luego de ese vencimiento
. Con esto, el dinero que se utilizó para comprar los títulos queda inmovilizado hasta el momento de pagar el impuesto.

• Lo que sí puede hacer el contribuyente es transferir los CCF al precio de cotización del mercado
.

• En el llamado se incluyen los pagarés o bonos del gobierno nacional a tasa variable en dólares
.

• Los CCF serán emitidos en la moneda del título elegido por el contribuyente.

• Se podrán cancelar impuestos cuyo vencimiento sea después de la cancelación del bono
.

• El pago por esta vía
no podrá utilizarse para cancelar contribuciones patronales, pagos a las obras sociales o las ART y el impuesto a los débitos y créditos bancarios (impuesto al cheque).

• En la lista de títulos que pueden canjearse ingresan las Letras del Tesoro (LETES), el Global 2003 y los BONTES 2002 y 2003. Estos cotizan entre 75% y 90% de su valor.

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