23 de agosto 2007 - 00:00

Impugnan a jueces pro monopolio

La fiscal Alejandra Gils Carbó recusó por «prejuzgamiento y parcialidad» a la Sala D de la Cámara en lo Comercial y solicitó su apartamiento de la causa en la que se investiga el supuesto fraude cometido en perjuicio de los bonistas del APE (acuerdo preventivo extrajudicial) de CableVisión. La medida es un nuevo impedimento para que se concrete la anunciada fusión entre CableVisión y Multicanal, a pesar de que ambas empresas de TV por cable -que juntas constituyen un verdadero monopolio- ya funcionan como una sola unidad de negocios, con una dirección unificada. Ambas están en manos del monopolio «Clarín».

La fiscal respondió con su pedido de recusación a una medida tomada por la Cámara, que eliminó un dictamen de Gils Carbó respondiendo a una presentación hecha por uno de los abogados del fondo buitre Fintech -del mexicano David Martínez-, socio en esta instancia de «Clarín» para afectar a los acreedores. En teoría, al menos Fintech tiene la mayoría accionaria de CableVisión, luego de comprársela a la estadounidense Liberty Media, pero es un secreto a voces que una vez obtenida la autorización del gobierno para proceder a la fusión, le venderá su participación al monopolio.

La Cámara, además, decidió dar por desistidas algunas pruebas aportadas por la fiscalía que constituían -según Gils Carbó- una prueba esencial y decisiva del fraude.

En su dictamen, la funcionaria funda su pedido «en virtud de que el tribunal incurrió en prejuzgamiento -en tanto sus resoluciones revelan su determinación de homologar el acuerdo- y parcialidad, en tanto las peticiones de los acreedores impugnantes y de la Fiscalía fueron tratadas en forma discriminatoria en comparación con las de CableVisión».

  • Irregularidades

  • Además, denunció presuntas irregularidades en el proceso referidas al desigual tratamiento que el tribunal concedía a los nuevos elementos de juicio presentados por las partes. Dice que los camaristas admitieron «con frases de laudatoria aprobación» una réplica no ordenada de CableVisión, al tiempoque fustigó en duros términos a acreedores que denunciaron nuevos hechos.

    Más grave aún, la fiscal asegura que le ocultaron un escrito en el que se denunciaba como nuevo hecho que Cable-Visión estaba a punto de emitir u$s 700 millones en nuevas obligaciones negociables, a pesar de que el acuerdo celebrado por la deuda anterior no estaba homologado y sí impugnado por fraude.

    La fiscal sostuvo que los jueces se habían excedido de su competencia sin dar intervención a la Fiscalía, que es «parte» por disposición de la ley concursal. «Tal proceder constituye un hecho sin precedentes y una irregularidad» tendientes a obstruir su actuación.

    La prueba que -según la fiscal- intentaron suprimir los jueces básicamente demostraría que Fintech es controlante de CableVisión, y dado que al accionista controlante le está vedado votar en una asamblea aprobatoria de un APE, el resultado de ese acto es inválido jurídicamente. Además, y paradójicamente, Fintech tenía prohibido comprar acciones de un medio de comunicación por lo que marca la «Ley Clarín», que impide a extranjeros adquirir más de 30% de un «bien cultural». Por todo esto, el APE de CableVisión no podría ser aprobado por la Justicia, salvo que hubiera razones extrajudiciales.

    Los miembros de la Sala D no podrían dictar sentencia sin que se resuelva la recusación; en caso de admitirla (algo harto improbable), el expediente pasaría a otra sala. Cabe recordar que tanto Fintech como los abogados de CableVisión/Clarín reclamaron el apartamiento de Gils Carbó de la causa.

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