El gobierno reglamentaría oficialmente su promesa de acelerar la devolución del IVA a los exportadores desde enero de 2003. Según las normas que piensa lanzar la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), y tal como adelantó este diario, desde el primer trimestre de 2003 la devolución de ese impuesto demoraría no más de 21 días corridos luego de la presentación de todas las formalidades por parte de los exportadores. Como única exigencia, la AFIP reclamará que las empresas beneficiadas estén al día con el pago de todas sus obligaciones fiscales tanto impositivas como previsionales, además de la liquidación de las divisas que se generaron por esa exportación.
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Según explicó a este diario Eduardo Becher, socio director de BDO (una de las principales empresas de auditoría del país y que interpretó las normas que regirán desde enero), «en tanto el exportador presente su documentación de acuerdo con la normativa vigente y acompañada por el informe del contador público, este contribuyente tendría derecho a percibir, acreditar o transferir el crédito fiscal del IVA dentro de los plazos estipulados» y que según la suma de las distintas obligaciones, «podrían ser de hasta 21 días hábiles desde el momento en que la presentación fue considerada admitida».
Según Becher, «este método viene a cambiar el anterior régimen y genera además nuevas responsabilidades para los exportadores y la AFIP». Según aseguran dentro del organismo recaudador, en caso de que el organismo recaudador encontrara irregularidades desde el momento en que se ponga en práctica este sistema, se establecerá un mecanismo automático de fiscalización sobre el exportador y éste volverá al sistema anterior de liquidación del IVA, donde las demoras actuales superan los dos meses.
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