Justicia suspendió aumento de la luz en el interior de Provincia
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El aumento dispuesto llegaba hasta un 58% como consecuencia de los incrementos autorizados por el ministerio de Energía de la Nación del 39,2% y otro del 18,9% que fue autorizado por la administración de María Eugenia Vidal, en el ámbito bonaerense.
El magistrado ordenó dejar sin efecto "la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios para la distribución del servicio público de energía, autorizados mediante Resolución N 22 del Ministerio de Infraestructura y Servicios públicos de la Provincia".
Arias resolvió también que "se ordene a las empresas demandadas abstenerse de aplicar la nueva tarifa a los usuarios del servicio público, efectuar una nueva liquidación y emitir nuevas facturas". El juez decidió que "para el caso en que la nueva facturación no fuera emitida antes de los sucesivos y periódicos vencimientos, que la empresa admita el pago del servicio según el cuadro tarifario vigente con anterioridad al incremento establecido, sin que ello implique la alteración o interrupción del servicio".
La sentencia sostiene que la resolución que dispone el aumento "vulnera el principio de participación ciudadana en los términos del artículo 42 de la Constitución Nacional, es decir, se traduce en una manifiesta lesión a derechos de incidencia colectiva de carácter individual homogéneo, al cercenar la posibilidad de que los individuos que conforman la sociedad se expresen e interpongan impugnaciones previas al aumento tarifario del servicio público, el cual resulta superior al 100%".
Según el magistrado, los usuarios "se ven forzados a pagar en forma desproporcionada una tarifa de la que no han tenido, como ciudadanos consumidores, posibilidad de ser escuchados, conduciendo a un perjuicio económico desproporcionado e injustificado para todos los ciudadanos de la provincia".




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