Nación transfirió por un decreto de necesidad y urgencia a las provincias el manejo de los recursos hidrocarburíferos de todas las áreas del país, que aún no fueron concesionadas, parte de las cuales estaban en el Plan Argentina de exploración manejado por el Estado Nacional.
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La medida que busca dar una señal política a las provincias petroleras avanza sobre atribuciones del Congreso. Ahora se aguarda la sanción de una ley de hidrocarburos, que en el gobierno denominan «corta», porque sólo regiría el traspaso a jurisdicción provincial de las áreas bajo jurisdicción nacional que actualmente están concesionadas a empresas privadas.
El Decreto 546 que hoy será publicado en el Boletín Oficial abarca «la exploración, concesión de explotación, almacenaje y transporte de hidrocarburos», y se trata de un reclamo de larga data de las provincias que, de hecho, ya consta en el artículo 124 de la Constitución Nacional, a partir de la reforma de 1994.
Tras firmar el decreto, el presidente Néstor Kirchner señaló que «con esta transferencia, la historia nos permite concretar una vieja demanda, la de federalizar la explotación y exploración de estas áreas», en tanto que consideró que «queda pendiente la sanción de una ley que esperemos se haga en corto plazo». No obstante, el Presidente habló de la ley en general y no de la «corta» que mencionan sus funcionarios, por lo cual el trámite podría no ser tan rápido.
En el acto organizado ayer en la Casa Rosada, Kirchner estuvo acompañado por el ministro del Interior, Aníbal Fernández, y el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, legisladores de la Comisión de Energía y Minería y gobernadores y representantes de las diez provincias que integran la Organización Federal de Provincias Productoras de Hidrocarburos (OFEPHI). El gobernador salteño y presidente de la OFEPHI, Juan Carlos Romero, sentado a la derecha del Presidente, señaló que la transferencia de las áreas marginales «servirá para atraer inversiones en todas las provincias con un potencial desarrollo de recursos hidrocarburíferos».
El Decreto 546 señala que provincias y empresas permisionarias o concesionarias de las áreas en cuestión tendrán que mantener informada a la Secretaría de Energía, autoridad en materia de política y coordinación energética nacional. Consta también que los Estados provinciales no podrán otorgar concesiones de transporte que abarquen dos o más provincias o que tengan como destino la exportación.
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