Lavado: disponen más control sobre funcionarios, diplomáticos, sindicalistas y empresarios
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"En todos los casos, las constancias documentales deberán preservarse por el término de diez años", se indicó.
En la categoría de PEP's figuran, de acuerdo con la normativa vigente desde hoy, todos los funcionarios públicos nacionales, provinciales, municipales y porteños; las autoridades y representantes legales de organizaciones sindicales y empresariales, es decir dirigentes y abogados de gremios, cámaras y otras formas de agrupación corporativa; quienes desempeñan esas tareas en las obras sociales contempladas en la Ley Nº 23.660 y los funcionarios públicos extranjeros.
También "los cónyuges o convivientes reconocidos legalmente y familiares en línea ascendiente, descendiente o colateral hasta el tercer grado de consanguinidad o de afinidad y a las personas que sean públicamente conocidas por su proximidad con ellas".
Lavado
La UIF es el organismo del Estado al que compete el análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir los delitos de lavado de activos y de financiación del terrorismo.
Mediante la Ley Nº 24.759, el país incorporó la Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de los Estados Americanos, que define como "función pública" la "actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona natural en nombre del Estado o al servicio del Estado o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos".
Asimismo, la Ley Nº 26.097 aprobó la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción que considera "funcionario público" a "toda persona que ocupe un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial de un Estado Parte, ya sea designado o elegido, permanente o temporal, remunerado u honorario, sea cual sea la antigüedad de esa persona en el cargo", así como a quienes desempeñan funciones para un organismo o empresa pública o prestan servicios públicos.
La UIF destacó que a la hora de elaborar la normativa sobre PEP's valoró "la realidad social, política y económica de nuestro país" y la "relevancia de las funciones incluidas en la Nómina" de actividades sensibles, así como "el carácter de servicio público y el interés público comprometido en las mismas, todo lo cual implica una importante exposición política en nuestro país".
Hasta la fecha, sólo existían algunas disposiciones generales del Banco Central de la República Argentina respecto de las operaciones financieras de clientes con funciones públicas, por lo que el nuevo marco legal implica un "notorio avance en el control de transacciones sospechosas de personas consideradas expuestas en términos políticos", indicó Sbatella.




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