Los bancos que operan en el mercado local fueron incluidos ayer por el BCRA en la norma que establece el control de capitales por 180 días. De esta forma, las entidades que reciban préstamos del exterior (ya sea por colocación de bonos o por financiación directa) tendrán que mantener los fondos en el país por lo menos durante seis meses, con lo cual se intenta frenar posibles movimientos especulativos.
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La segunda medida que se conoció oficialmente ayer es una fuerte flexibilización para girar dólares al exterior que beneficia a las empresas en proceso de renegociación de sus deudas. Se dispuso que las compañías podrán comprar dentro de los quince días hábiles previos al vencimiento las divisas necesarias para hacer frente al compromiso. Pero también se permitirá a todas las empresas que están renegociando sus deudas (es decir que actualmente están en default) que adquieran dólares sin pedir autorización al BCRA. Con esta flexibilización, las compañías pueden pararse en mejores condiciones para encarar la renegociación con sus acreedores. Obviamente, esta flexibilización para la compra de dólares busca generar más demanda del sector privado.
En cuanto a la restricción a la salida del capital golondrina, a través de la Comunicación «A» 3.972 el Central reglamentó el mecanismo que se aplicará para controlar a los capitales de corto plazo que ingresan para inversiones financieras. Básicamente, se dispuso extender el límite vigente para la permanencia de los fondos de 90 a 180 días y hacer más abarcativo el control: comprenderá los préstamos financieros que reciban las empresas y ahora también los bancos.
• Seguimiento
El equipo económico procura así seguir más de cerca una operación que se hizo muy común en los últimos meses: fondos del exterior que ingresan a través de préstamos a bancos locales para aprovechar las altas tasas de interés. Ahora, estos ingresos de fondos a través de préstamos deberán permanecer en el país por lo menos 180 días. Se estima que la normativa, que entró automáticamente en vigencia, no tendrá demasiado impacto sobre el movimiento de fondos. De hecho, el mercado cambiario hasta ahora no mostró mayores sobresaltos y el dólar se mantuvo prácticamente quieto, en los últimos días, en $ 2,82.
La normativa no provoca mayores cambios en lo que respecta al movimiento de fondos por parte de argentinos. El cuadro de situación queda de la siguiente manera:
• Los residentes argentinos (individuos o empresas) que deseen traer del exterior o sacar de la caja de seguridad un millón de dólares para volcar en el mercado financiero local pueden hacerlo sin restricción alguna.
• Luego, estos fondos pueden ser girados al exterior, pero por un monto máximo de u$s 500.000 mensuales, que es el vigente actualmente.
• En el caso de los no residentesque efectúan inversionesen el mercado local, también siguen vigentes límites muy restrictivos para girar al exterior, fijados en u$s 5.000 mensuales.
• Por lo tanto, el control del capital golondrina por 180 días recae exclusivamente en los préstamos del exterior, ya sean financieroso efectuados a través de la colocación de bonos, que toman empresas y bancos.
• Por otra parte, y a través de la Comunicación «A» 3.971, se exceptuó a las compañías mineras de la obligación de liquidar divisas en el país, con lo cual se confirmó el régimen vigente.
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