11 de octubre 2002 - 00:00

No sube precio por llamar a un teléfono móvil

La Secretaría de Comunicaciones ratificó ayer que no autoriza aumentos en la tarifa que se paga cuando se llama de un teléfono fijo a uno móvil. Las subas habían sido comunicadas por las prestadoras de telefonía móvil para regir a partir del 1 de julio pasado. Sin embargo, en la resolución conocida ayer se establece que «por lo general (en referencia a otros países) las autoridades regulatorias establecen algún tipo de control» sobre las tarifas para la modalidad «abonado llamante paga» o «calling party pays» (CPP).

Las tarifas del CPP que actualmente cuestan 0,31 de peso más IVA por minuto en horario diurno y 0,20 de peso en horario nocturno y días no hábiles, son objeto de polémica desde que se estableció el esquema en 1997. Muchos expertos en telecomunicaciones creen que el valor de terminar una llamada en una red móvil no debe ser mayor al valor de interconexión entre redes que hoy se ubica por debajo de 0,09 de peso.

Por otra parte, el valor del minuto de CPP fue desde su establecimiento fijado en acuerdo entre la Secretaría de Comunicaciones y las empresas de telefonía móvil. Sucesivos titulares del área defendieron ese criterio, argumentando que la telefonía móvil es un servicio en competencia, no sometido a tarifas reguladas.

Forzando ese criterio, las cuatro prestadoras de telefonía móvil (Movicom, Unifón, Personal y CTI) comunicaron a mitad de este año, la decisión de aumentar el precio del CPP, en esta oportunidad sin el acuerdo que había existido anterior-mente con la Secretaría.

Ahora, esa dependencia no sólo rechazó la posibilidad de aumentos unilaterales, sino que explicó la necesidad de que la autoridad regulatoria intervenga. Dijo que según normas vigentes en el Reino Unido, cuando una persona llama un móvil, «no puede hacerlo a través de un mecanismo alternativo, ya que tiene que terminar en esa red para alcanzar al propietario de un celular en particular».

Según la resolución que lleva el número 206, se necesita «contar con un método sobre el cual puedan basarse» los valores del CPP. Lo que implica decir que en los acuerdos previos entre las prestadoras y Comunicaciones, se optó por aceptar el criterio empresario de que cobraban el minuto de CPP igual al promedio del minuto que percibían de sus minutos, hecho que no fue así sobre todo hasta el año 2000, ya que se tomaban los valores de los planes más altos de celulares como referencia.

Comunicaciones llamó ahora a una consulta pública sobre un documento que incluye nuevos criterios para fijar el valor del CPP. Se basa en un modelo de cálculo que abarca el precio promedio de los minutos salientes de las redes móviles y de los minutos entrantes a través del CPP. Para esto, se dividirá la facturación por esos conceptos por los minutos operador por cada prestadora. Pero además, la Secretaría afirma que a esa facturación hay que restarle los costos de terminación asociados a las llamadas salientes.

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