12 de marzo 2001 - 00:00

Nuevo reglamento postal

Pasado mañana vence la consulta pública sobre el nuevo reglamento para el servicio postal. Antes de que dicte el decreto correspondiente, el documento incluirá los cambios que se consideren pertinentes después de la consulta, y luego debe ser remitido a la Comisión Bicameral del Parlamento, a la SIGEN y a la Procuración del Tesoro.

Modalidades

Tal como está ahora, el proyecto contempla:

Un operador postal puede prestar cualquier tipo de servicio postal.
Para obtener la habilitación para prestar servicios deberá obtenerse la norma ISO 9001 para cada una de las prestaciones y su área de cobertura.

Los prestadores podrán fijar con total libertad la dotación de personal, los equipos, medios de trasporte y locales que requieran para la actividad.

Los prestadores, con excepción del Correo oficial, deberán inscribirse en un Regis-tro Nacional y abonar una tasa por semestre calendario vencido equivalente a 1% de los ingresos totales devengados durante el período, o 2.000 pesos como mínimo.

La contratación del personal se hará bajo cualquiera de las modalidades permitidas por la legislación laboral vigente.

Los operadores postales están sujetos a responsabilidad indemnizatoria frente a los usuarios y disciplinaria frente a la autoridad de aplicación.

Se podrán aplicar multas de hasta 100.000 pesos y dictarse hasta la inhabilitación por cinco años.

Se dictará una reglamentación específica para los servicios de mensajería (ultrarrápidos).

El Correo oficial no podrá ser excluido en los procesos de selección del sector público nacional, incluida la banca oficial.

Sólo el Correo oficial podrá emitir valores postales ordinarios o de uso corriente, extraordinarios y conmemorativos.

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