La Corte Suprema de Justicia de la Nación tomó la decisión de adherirse al nuevo Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de Obra Pública, el cual fue anunciado este viernes en el Boletín Oficial y por medio de la Resolución 262/2024. Este cambio se reflejará en la documentación licitatoria de las contrataciones de obra pública llevadas a cabo por la Corte Suprema.
Obras pública: la Corte Suprema se suma al nuevo régimen de redeterminación de precios
Este cambio se reflejará en la documentación licitatoria de las contrataciones de obra pública llevadas a cabo por la Corte Suprema.
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La resolución también impone modificaciones en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, estableciendo requisitos específicos que deben cumplir con relación al nuevo régimen de redeterminación de precios.
En este contexto, la resolución destaca varios puntos fundamentales para comprender la implementación de este nuevo régimen. En primer lugar, se establece que las empresas contratistas que hayan obtenido obras adjudicadas o que se encuentren en proceso de ejecución podrán solicitar la adhesión al nuevo régimen en un plazo máximo de 60 días corridos a partir de la publicación de la resolución correspondiente.
Asimismo, se subraya la competencia exclusiva de la Corte Suprema para realizar modificaciones en el porcentaje establecido en el artículo 4° del nuevo régimen, así como cualquier otra alteración destinada a regir en este ámbito. En este sentido, se crea la Unidad de Redeterminación de Precios de Obras Públicas, la cual tendrá la responsabilidad de gestionar y supervisar la aplicación de este régimen dentro del ámbito de la Corte Suprema, asegurando su correcta implementación y funcionamiento.
Obra pública: el detalle de la Resolución
La resolución también impone modificaciones en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, estableciendo requisitos específicos que deben cumplir con relación al nuevo régimen de redeterminación de precios. Asimismo, se delega en la Secretaría General de Administración la facultad de aprobar una estructura de ponderación estandarizada por tipología de obra, con el objetivo de optimizar la gestión administrativa.
Es relevante destacar que los plazos establecidos en el nuevo régimen serán computados en días hábiles judiciales, brindando un marco temporal acorde con la naturaleza de las actividades realizadas por la Corte Suprema.
"Con el propósito de consolidar este cambio normativo", la resolución deroga las resoluciones 2625/2016, 2721/2017 y 3179/11, así como cualquier otra normativa que se oponga a los términos establecidos en la presente resolución.
Esta decisión según consigna el texto oficial, de la Corte Suprema busca actualizar el régimen de redeterminación de precios de las obras públicas, garantizando la transparencia y el equilibrio económico-financiero de los contratos, y fortaleciendo así la integridad y eficiencia en la gestión de las contrataciones públicas.
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