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En esta situación se encuentran de la misma forma las series de los BOCON Proveedores PRO12 y Previsionales PRE8, emitidos en pesos (posdefault) actualizados por CER. .
• ¿Quiénes sí están incluidos en la reestructuración?
Aquellos inversores que poseen bonos Global, bonos del Tesoro (BONTES), Letras del Tesoro (Letes), y los BOCON emitidos antes de diciembre de 2001. Todos están hoy en default.
Los Global, emitidos en dólares, son dieciséis series con vencimiento entre 2003 y 2031.
Los bonos del Tesoro (BONTES), emitidos originalmente en dólares, fueron pesificados y actualizados por CER. Afectan a las series 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.
En esta categoría se incluyen también a los BOCON Proveedores serie PRO2, PRO4, PRO6 y PRO10.
En cuanto a las series de Proveedores, emitidas en pesos, se encuentran el PRO1, PRO5, PRO7 y PRO9.
Las Letes fueron pesificadas a 1,4 más CER. En el caso particular de los tenedores de préstamos garantizados no pesificados, éstos recibirán nuevamente los títulos públicos nominados en dólares que entregaron en el canje de deuda.
A la hora de elegir el nuevo bono, el tenedor deberá tener en cuenta la moneda en que actualmente se encuentra nominado.
• Quienes tengan bonos que permanecen en dólares podrán elegir un nuevo bono en la moneda norteamericana.
• Los que posean bonos en euros pueden optar entre un nuevo bono en dólares o en moneda europea. Esta opción también es para aquellos con bonos nominados en libras esterlinas o francos suizos.
• En el caso de bonos nominados en yenes, podrán elegir entre un bono en dólares o en la divisa nipona.
• Mientras que los que tienen bonos en pesos sin indexar o con indexación sólo podrán elegir el bono en moneda local indexado.
Al optar por la moneda de emisión del nuevo bono, también deberá contemplar la legislación a la que se ajustará. Habrá cuatro jurisdicciones legales.
• Los bonos nominados en dólares tendrán jurisdicción en Nueva York e Inglaterra.
• Los nominados en euros, en Inglaterra.
• Los nominados en yenes, en Japón.
• Y los nominados en pesos, en la Argentina.
Los inversores que no han aceptado la pesificación de sus tenencias tienen la alternativa de continuar con el camino judicial en pos del reconocimiento de su acreencia original en dólares más los intereses devengados. Lo mismo es válido para aquellos que decidan no aceptar el canje que ofrecerá el equipo económico.



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