12 de agosto 2014 - 00:53

Preocupación de UIA por proyecto para regular producción y consumo

Héctor Méndez, titular de la UIA.
Héctor Méndez, titular de la UIA.
Industriales de la UIA analizaron en detalle el proyecto de "Regulación de las relaciones de producción y consumo" impulsado por el Ejecutivo Nacional al Congreso, y manifestaron su preocupación por el contenido de la iniciativa.

La cuestión fue evaluada en un encuentro del Comité Ejecutivo de la UIA, en el cual su titular, Héctor Méndez, ya anticipó la preocupación.

La norma busca reemplazar a la Ley de Abastecimiento y endurece el control y el poder de policía del Estado sobre abastecimiento de bienes y cumplimiento de los servicios.

Dirigentes de la central fabril sostienen que la iniciativa establece pautas que exceden la injerencia deseable del Estado en la empresa privada.

Entre los temas más cuestionados figuran márgenes de utilidad, precios mínimos y máximos para "todas y cualquier" etapa del proceso económico.

La iniciativa también posibilita dictar "normas relativas" a la comercialización y producción de todas las etapas del proceso de comercialización; disponer la continuación de la producción de bienes y la "fabricación obligatoria" de estos con niveles o cuotas mínimas, además de "requerir y secuestrar toda documentación contable o comercial" y establecer licencias comerciales.

En la reunión, algunos dirigentes empresariales sostuvieron que la iniciativa representaría "el fin de la empresa privada argentina".

Los empresarios también mostraron su preocupación porque el proyecto incluye multas, clausura, inhabilitación, decomiso y, en caso de reincidencia, "clausura definitiva" para quienes "eleven injustificadamente los precios".

La misma pena aplica a quienes se considere que revalúen existencias, acaparen materias primas y productos, nieguen o restrinjan arbitrariamente la venta de bienes o una prestación de servicios, discontinúen el abastecimiento normal y habitual de una zona o ramo comercial o no produzcan bienes con precios máximos y mínimos a los márgenes de utilidad fijados.

Estas facultades podrán ser ejercidas por la Secretaría de Comercio o por las provincias, con el referendo de la autoridad nacional. Las multas serán aplicables tanto a las personas jurídicas como a los directivos, y deberán ser primero pagadas y después recurridas.       

Dejá tu comentario

Te puede interesar