23 de julio 2001 - 00:00

Puntos que incluyen las medidas de Diputados

Diputados aprobó el sábado a la madrugada, después de diez horas de sesión, el paquete de medidas de ajuste que reclamaba el Poder Ejecutivo. Pero el proyecto definitivo fue modificado tomando en cuenta las medidas enviadas por Chrystian Colombo -de allí tomó la modificación a la Ley de Administración Financiera, al IVA, al impuesto al cheque y a los códigos de procedimiento-, el plan económico elaborado por la Alianza -que aportó la postergación de la baja en Ganancias, en el impuesto a las naftas y una suba en aportes patronales para empresas de servicios-y hasta algunos artículos pedidos por Domingo Cavallo en un traumático trámite de último momento el jueves por la noche -como ratificar el IVA a la televisión por cable a 21 por ciento-. Finalmente el proyecto sancionado incluye:

MODIFICACIONES EN EL IVA

Se establece el pago de ese tributo en base al criterio percibido en lugar de devengado. Esta medidas fue anunciada por Domingo Cavallo hace casi un mes, pero el proyecto nunca viajó al Congreso por la complejidad técnica de este cambio en el IVA.

Con esta medida el gobierno modifica la base de liquidación del IVA estableciendo que el impuesto deberá abonarse en el momento de cobrarse la venta de mercadería o prestación del servicio -en la fecha mas próxima establecida por la DGI para el ingreso de IVA- y no cuando se perfecciona el hecho imponible, como sucede en la actualidad. Esto significa que hasta ahora las empresas y comercios debían depositar el IVA en el momento de facturar aunque no hubieran cobrado la operación. Ahora lo hará recién cuando reciban el pago. Hoy los tiempos de cobro oscilan entre los 30, 60, 90 o incluso 120 días de acuerdo con la actividad. Por eso esta medida, que regulariza la situación de una actividad económica, es apoyada por todos los sectores. La pregunta es ahora, ¿cómo cubrirá la AFIP el bache recaudatorio en la transición de un sistema a otro que se estima entre $ 400 y $ 500 millones?

SUBE A 21% EL IVA AL CABLE

• Se ratifica el decreto que dispuso elevar de 13 por ciento a 21 por ciento el IVA sobre el abono de la televisión por cable. Los diputados establecieron que la nueva alícuota se aplicará a partir de la sanción definitiva de la nueva ley, salvo para los casos en que ya se estuviera liquidando el IVA a 21 por ciento. Con esto el gobierno puede solucionar la situación provocada por la presentación de algunos usuarios de recursos de amparo ante la Justicia que suspendieron la aplicación de la nueva alícuota. Las empresas de cable y en especial el monopolio «Clarín» no se quejaron de la medida ya que esto les permite descargar crédito fiscal acumulado que poseen por el pago de IVA en la compra de insumos.

GENERALIZACION DEL IMPUESTO AL CHEQUE

• Se aprobó sin cambios una modificación al impuesto a los débitos y créditos bancarios estableciendo la aplicación sobre las cajas de ahorro, con excepción del monto depositado en concepto del pago de sueldos, y una eliminación de la exención a ese tributo para cualquier tipo de entidades privadas, especialmente las cooperativas y mutuales. Chrystian Colombo explicó que el gobierno había detectado casos de elusión del impuesto al cheque por $ 50 millones en cooperativas y mutuales que ofrecían servicios de facturación y acreditación de cheques exentos de pagar 0,6% del tributo bancario. La decisión golpeará directamente en quienes utilicen cajas de ahorro para otras actividades que no sean el cobro de sueldos y por montos que excedan a estos depósitos que hacen las empresas en las cuentas de sus empleados.

SE PODRIA TOMAR EL IMPUESTO AL CHEQUE COMO PAGO A CUENTA DE APORTES PATRONALES

• Se faculta al Poder Ejecutivo para que el tributo pueda ser tomado como pago a cuenta de todos o algunos de los impuestos que afectan la nómina salarial, con la única excepción de los destinados a financiar obras sociales.

CAMBIOS EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Se da marcha atrás con la reducción que Cavallo había dispuesto con retroactividad al 1 de enero de 2001 para mejorar el bolsillo de la clase media. En esa medida se había vuelto a los niveles previos al impuestazo de José Luis Machinea en la deducción especial y la deducción por esposa, hijos y familiares a cargo. Con el esquema fijado por Cavallo, toda persona podía tomar en su declaración de Ganancias una deducción especial de $ 18.000, otra de $ 2.400 por esposa y $ 1.200 por cada hijo o persona a cargo. Ahora se vuelve a los niveles establecidos por Machinea: deducción especial de $ 13.500, por esposa de $ 2.040 y por hijos y personas a cargo de $ 1.020.

Como Cavallo había dispuesto que la reducción fuera aplicable desde el 1 de enero de este año, todo lo pagado en exceso durante el primer semestre debía ser reintegrado a los trabajadores en relación de dependencia a quienes las empresas normalmente les hacen su retención en forma mensual. Para esto cada empresa tenía plazo hasta fines de julio, pero algunas ya lo hicieron. Para estos casos la AFIP estudia procedimientos especiales para la devolución de esos importes por parte de los empleados que ya recibieron el reintegro. Ahora la baja en Ganancias operará recién a partir del ejercicio fiscal 2002.

SUBIRA EL PRECIO DE LAS NAFTAS

• Los diputados decidieron postergar hasta el 31 de diciembre la baja de 0,1065 de peso en el impuesto a la transferencia de combustibles sobre las naftas. Así, a partir de la sanción de la ley el impuesto sobre las naftas volverá a ser de 0,4865 de peso. Esta suba junto con la marcha atrás de la baja de ganancias y el incremento de 4 puntos en los aportes patronales deberán financiar que el recorte en los sueldos públicos y jubilaciones sea sólo a partir de los $ 1.000.

SE INCREMENTAN LAS CONTRIBUCIONES PATRONALES PARA EMPRESAS DE SERVICIOS

• Se sube a 20% el aporte patronal para los empleadores cuya actividad sea la locación y prestación de servicios, con excepción de las empresas categorizadas como PyME. Esos 4 puntos de diferencia, el resto de las empresas paga 16%, no podrán ser tomados a cuenta del pago de IVA, salvo que la empresa esté comprendida en alguno de los planes de competitividad, según aclaró Cavallo el fin de semana. Dentro de las empresas a las que se subirán los aportes están las privatizadas de servicios públicos, supermercados y bancos.

SE RATIFICA LA MODIFICACION A LA LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA DEL ESTADO

• Los diputados transcribieron en la ley los cambios en el artículo 34 de esa ley que el gobierno había sancionado en el Decreto 896/01. Esa modificación establece que el Estado pagará sueldos, haberes, asignaciones familiares o proveedores, hasta el límite que permita la recaudación, debiendo ajustar a esa variable todos los créditos presupuestarios. Esta es la base jurídica que se utiliza para la reducción de sueldos y jubilaciones.

LA BAJA SALARIAL SERA TAMBIEN PARA EL CONGRESO Y LA JUSTICIA

• Diputados incluyó un artículo para reforzar por ley la decisión de la Justicia y el Congreso de reducir el sueldo de sus empleados. Para hacerlo deberán respetar las mismas proporciones que el resto de la Administración Pública.

POR AHORA EL LIMITE PARA EL RECORTE EN SUELDOS Y JUBILACIONES SERA DE $ 500

• El proyecto votado en la madrugada del sábado establece que el Poder Ejecutivo garantizará con los mayores recursos que se incorporaron a la ley, el restablecimiento de los niveles salariales del sector público y en jubilaciones para aquellos que perciben hasta $ 1.000 mensuales. Pero en la interpretación del gobierno esta medida se dará sólo cuando la recaudación lo permita. Por lo tanto en el primer mes de vigencia el recorte se aplicará en todos los sueldos estatales y jubilados con ingresos superiores a $ 500. Esto fue ratificado el fin de semana por Chrystian Colombo, Domingo Cavallo y Patricia Bullrich. Incluso Fernando de la Rúa, como expresión de deseos, aclaró que espera llevar la poda al límite de $ 1.000 cuanto antes. Lo cierto es que la pauta de recortes fue establecida por la Jefatura de Gabinete en forma trimestral. De esta manera nadie asegura que antes de ese tiempo se morigeren las reducciones salariales para empleados públicos. Además, se necesitará otro plazo similar para que las medidas introducidas por el Congreso tengan efecto en la recaudación.

SERA MAS DIFICIL APELAR LAS MEDIDAS ANTE LA JUSTICIA

• Se modificaron los Códigos de Procedimiento Civil y Comercial, Laboral y Penal de la Nación de manera que ningún juez podrá decretar una medida cautelar que «afecte, obstaculice, comprometa, distraiga de su destino o de cualquier otro modo perturbe los recursos presupuestarios del Estado».

SE DEROGA LA BAJA DE SUELDOS PUBLICOS ESTABLECIDA POR JOSE LUIS MACHINEA

• Los diputados derogaron el Decreto 430/2000, que estableció una poda salarial en el Estado de 12% y de 15% para los sueldos superiores a $ 6.000. Esta medida se justificó en la aplicación de un solo recorte equilibrado para toda la administración. De todas formas ese decreto de Machinea tenía encima una larga lista de medidas de no innovar decretadas por la Justicia ante pedidos de amparo de los empleados perjudicados. Así, no sólo quedó sin aplicación en el Congreso y el Poder Judicial sino que existen grandes áreas del Ejecutivo donde tampoco opera ese recorte.

CUANDO ENTRARA EN VIGENCIA LA LEY, UNA VEZ QUE SEA APROBADA POR EL SENADO

•La suba en contribuciones patronales para las que se devenguen a partir del primer día mes siguiente a la entrada en vigencia de la ley.

• El resto de las disposiciones a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

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