8 de abril 2020 - 00:00

!Infectada de Covid-19!

Estoy totalmente de acuerdo con la priorización que se está realizando de los aspectos relativos a la salud humana, pero dicho esto, no obsta a pedir especial atención para la contención o mitigación de daños económicos a las pymes.

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Foto: Télam

La delicada situación sanitaria tiene agobiada y en riesgo potencial a toda la población. Si bien a priori el virus alcanza a los seres humanos, advierto que sí logró contagiar/afectar a mi pyme.

Va de suyo que estoy totalmente de acuerdo con la priorización que se está realizando de los aspectos relativos a la salud humana, frente a lo que se ha denominado la consideración de los efectos económicos de la crisis; pero dicho esto, no obsta a pedir especial atención para la contención o mitigación de daños económicos a las pymes, para que su posterior recuperación sea superadora.

En los seres humanos existen poblaciones/pacientes de riesgo por tener antecedentes de otras afecciones. Justamente son también las pymes una población de riesgo por tener antecedentes o prevalencias: por sus deudas previsionales y fiscales al 30/11/2019, (y que se hallaban en proceso de incorporación a una moratoria), que no es más que una exteriorización de sus problemas económicos financieros que les hicieron imposible cumplir con las mismas.

Las deudas bancarias y financieras tomadas a tasas muy altas (superiores a la rentabilidad del negocio) justamente hacen, de esa manera, una rentabilidad negativa sumándole esto a un mercado recesivo.

En este estado de cosas resulta que ocurre la tormenta perfecta denominada coronavirus, afectando la totalidad de los entornos de la pyme -disminución del valor de sus cuentas por cobrar por la rotura de cadena de cobros y pagos, la baja de sus volúmenes de operación por la reducción manifiesta de las ventas, la destrucción del valor de sus bienes de cambio-.

Todo ello en un marco de dinámica de operación, que encuentra a muchas pymes habiendo emitido valores para financiar su operación y que ahora les va a ser de imposible pago. (Entregó valores para lograr financiamiento, en el entendimiento de que las ventas futuras/cobradas podría cubrirlos, situación ahora devenida en inexistente).

Las pymes afectadas al consumo interno se van a ver damnificadas por la disminución o inexistencia del mismo, salvo aquellas vinculadas a la producción de bienes y servicios de primera necesidad o demanda inelástica (alimentos, limpieza, remedios en todos los casos esenciales o de imprescindible demanda).

Aun en un escenario optimista la recuperación de hábitos de convivencia, que son los que generan actividad, movimientos de compras y consumos, van a llevar bastante tiempo. Las salidas a comer afuera, cine, teatro, espectáculos deportivos y otros van a tardar.

Las que resulten proveedoras de partes componentes o vinculadas con el comercio exterior se verán incididas por la falta de volumen en dichos segmentos.

Propuestas

Así como una de las medias de protección fue el distanciamiento social (para evitar los contagios entre los humanos), sugiero una suerte de distanciamiento fiscal con las pymes; por ende debiera existir una prórroga de 180 días para la totalidad de los vencimientos que ocurran de acá hasta fin de año y así coadyuvar al recupero del capital de trabajo.

Relativo al BCRA, los valores/cheques emitidos que no se puedan levantar para su re-depósito en el plazo de 30 días, dispuestos por la Comunicación A 6950 del BCRA, y por ende pasen a informarse como Sin Fondos y/o generen cierres de cuentas afectarán la calificación por ende van a impulsar a las pymes al mercado marginal. Por ende, afectarán con mayores costes de tasa de interés y ello erosionará a la inexistente rentabilidad.

Resulta necesario que los rechazos ocurridos desde el inicio de la cuarentena (20/03/2020) y aquellos que ocurran hasta 15 días de levantada en forma significativa (ya que existen o existirán levantamientos parciales), se puedan levantar hasta 90 días posteriores al rechazo para evitar entrar en el Registro de Antecedentes (ello facilita la recuperación económica y no empuja a las pymes al mercado marginal del crédito).

Se debería instar/obligar a los bancos pagadores de la nómina salarial para que otorguen préstamos a tasa cero o subsidiada. Ellos han recibido precancelaciones de Letras del Tesoro (Leliq) y tienen los fondos líquidos. Si no lo hacen será por priorizar una cuestión de tasa de rendimiento (preferían las Leliq y su tasa al préstamo pyme). Igualmente la tasa Leliq va a bajar y mucho.

Además, el DNU 326/2020 constituye a favor del sistema financiero (bancos) un Fondo de Garantías (FoGar) que importa la constitución de garantías a favor de quienes otorguen los préstamos a las pymes. Tendrían hasta 100% de garantía por parte del FoGar, todo lo cual les evita riesgo de incobrabilidad (carga el FoGar ante el incumplimiento del tomador).

Por otra parte, la tasa de interés no sería cero (para el caso que se decida dicha magnitud) ya que en los hechos representa el costo de oportunidad de no incurrir en mayores gastos en salud (más que gastos se cuidan vidas) al evitar más contagios gracias a mantener, mediante el aseguramiento del pago de salarios, a la gente en su casa.

Aceptar como aplicación de los fondos de repatriación de capitales a la adquisición de bienes físicos registrables (adquiridos a pymes) y también la realización de aportes de capital a las pymes (pago salarial, proveedores)

Se podría aceptar como aplicación de la repatriación de capitales a los aportes de los socios partícipes de las Sociedades de Garantía Reciproca que son quienes avalan a las pymes.

Para que todo esto suceda para las aplicaciones en pesos, debiera hacer falta considerar la conversión de los dólares a pesos con la utilización del tipo de cambio denominado Contado con Liquidación.

(*) Integrante de la Comisión de la Problemática PYME CPCECABA

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