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14 de julio 2008 - 00:00

Que dicen la CNDC y Comunicaciones

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En sendos informes, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia y la Secretaría de Comunicaciones no dejaron dudas sobre la imposibilidad -lindante con la ilegalidad- de que Telefónica de España asuma una participación relevante a través de su controlada Telco SPA en Telecom Argentina.

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  • La CNDC intimó a Pirelli, Sintonia SpA y Sintonia SA (los vendedores) y a Telco SPA (compradora) para que informen sobre la venta a ésta -controlada por Telefónica de España-. Hasta tanto eso no suceda y no se expida la CNDC, «la operación no tendrá efectos en el país».

  • El veedor designado por ese órgano revela que «la cadena de co-control sobre Telecom Argentina no termina en Telecom Italia, Olimpia y Telco: ésta se encuentra a su vez sujeta a la influencia sustancial de Telefónica de España, controlante en la Argentina de Telefónica de Argentina». Agrega que «la presencia de personal relacionado con Telecom Italia se observa en los puestos directivos y de decisión en los negocios de Telecom Argentina».

  • Añade que, de concretarsela adquisición por parte de Telefónica de España, se estaría violando lo dispuesto por el decreto 62/1990, que expresa en lo que hace a telefonía celular que «ninguna sociedad licenciataria podrá ser titular, ni controlar directa o indirectamente más de una licencia en una misma área de servicios». Este supuesto se produciría en el caso de que Telefónica controle a la vez su propia empresa, Movistar, y la de Telecom, Personal.

  • Finaliza recordando que «la call option» (opción de compra) sobre las acciones de los Werthein en Telecom «no fue aprobada por la CNDC, dado que Telecom Italia podría llegar a intentar ejercer la misma, lo que la posicionaría en una situación de control exclusivo de Telecom Argentina, bajo la influencia de Telefónica de España».

  • El secretario de Comunicaciones le recuerda a Telecom Italia que «la operación no fue sometida por las partes a la previa autorización de esta secretaría».

  • Agrega que «deberá ser evitada cualquier modificación o cambio de la estructura de control de SOFORA, Nortel y Telecom Argentina, que involucre directa o indirectamente a Telecom Italia, sin el previo sometimiento a esta secretaría».

  • Aduce que, en caso contrario, la distorsión en la competencia del mercado de las telecomunicaciones «que la CNDC ha considerado prima facie un peligro potencial, se verificaría. Es obligación de esta secretaría prevenir que tales actos puedan llegar a ocurrir».
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