11 de diciembre 2025 - 11:10

Qué es el banco de horas extras, el mecanismo que propone la reforma laboral

Se trata de un concepto dentro del proyecto de reforma laboral enviado por el Ejecutivo al Congreso. Remite a una compensación de tiempo que realice el trabajador.

Se trata de un concepto dentro del proyecto de reforma laboral enviado por el Ejecutivo enviado al Congreso.

Se trata de un concepto dentro del proyecto de reforma laboral enviado por el Ejecutivo enviado al Congreso.

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El Gobierno envió al Congreso un proyecto de reforma laboral que incluye el concepto de banco de horas extra. El mecanismo remite a una compensación de tiempo que puede hacer el trabajador dentro de su jornada laboral.

El presidente Javier Milei firmó este jueves el proyecto para tratar en sesiones extraordinarias. De este modo, la Casa Rosada avanza con su objetivo de aprobar una serie de reforma antes de fin de año, tal como anticipó Ámbito.

Qué es el banco de horas extras, contemplado dentro del proyecto de reforma laboral

El texto habilita al empleador y trabajador acordar un régimen de compensación de horas extraordinarias, formalizado por escrito y con carácter voluntario.
El acuerdo debe definir mecanismos de control para registrar las horas efectivamente trabajadas y las disponibles para su goce.

Los convenios colectivos pueden establecer métodos de cálculo de la jornada máxima por promedio, siempre garantizando descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y de 35 horas semanales. El banco de horas permitirá compensar jornadas largas con otras más breves, dentro del máximo semanal legal establecido.

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Los convenios colectivos podrán establecer métodos de cálculo de la jornada máxima por promedio.

Los convenios colectivos podrán establecer métodos de cálculo de la jornada máxima por promedio.

El texto detalla, en su artículo 198, sobre cómo sería una jornada laboral e indicó que su máxima reducción legal "solamente procederá cuando lo establezcan las disposiciones vigentes en la materia, o se encuentre estipulado en los contratos individuales, Convenios Colectivos de Trabajo u otros acuerdos colectivos" celebrados con el sindicato en la empresa.

Así, agregó que "se podrá utilizar el banco de horas de modo de compensar la mayor jornada de algún día con la menor de otro, siempre y cuando no se supere el máximo legal de la jornada semanal, o la que estipule el régimen laboral específico aplicable, ya sea, ley especial y/o Convenio Colectivo de Trabajo”.

En esa línea, el texto indica en su artículo 14 - "Derechos y deberes comunes para el personal con y sin retiro"- que la jornada de trabajo que no podrá exceder las 8 horas diarias o las 48 semanales. Así, "podrá establecerse una distribución semanal desigual de las horas de trabajo" siempre y cuando una jornada diaria no supere las 9 horas.

Las claves de la reforma laboral que busca implementar Javier Milei

El proyecto busca, entre otros objetivos, flexibilizar las condiciones para contratar y despedir personal a la par de limitar el ejercicio del derecho a huelga. Entre las claves de la reforma que busca llevar adelante el Gobierno, se pueden enumerar las siguientes:

  • Reducción de aportes patronales. El proyecto baja contribuciones que pagan los empleadores al sistema de seguridad social y obras sociales para incentivar la generación de empleo.
  • Nuevo sistema para indemnizaciones. Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado por un 3% de aportes del salario del empleado para pagar indemnizaciones por despido, separándolo de los aportes tradicionales.

    Se prevé una reducción del cálculo indemnizatorio excluyendo aguinaldo, vacaciones y premios del conteo final, tomando un promedio salarial en lugar del salario más alto, y habilitando el pago en cuotas.
  • Cambio en el cálculo de indemnizaciones. Ya no se incluirían conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas o premios al calcular indemnizaciones, lo que tiende a reducir su monto.

  • Período de prueba. El texto señala que el contrato de trabajo por tiempo indeterminado se entenderá celebrado a prueba durante los primeros seis meses de vigencia.

    A su vez, sostiene que cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin derecho a indemnización. Así, el empleador no podrá contratar a un mismo empleado más de una vez utilizando el período de prueba.

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