| IMPUESTO AL VALOR AGREGADO |
| (En millones de pesos) 3.722,0 |
| - Exenciones 2.392,2 |
| 1. Prestaciones médicas a obras sociales y al PAMI 538,0 |
| 2. Servicios educativos 480,0 |
| 3. Transporte de pasajeros (a menos de 100 km) 308,0 |
| 4. Intereses de préstamos para vivienda 216,9 |
| 5. Libros, folletos, diarios, publicaciones, periódicos e impresos 199,0 |
| 6. Medicamentos de uso humano, excepto su |
| producción o importación 196,0 |
| 7. Actividades y espectáculos deportivos 180,0 |
| 8. Ventas a consumidores finales, estado y |
| asociaciones sin fines de lucro de: 123,0 |
| - Pan común 89,0 |
| - Leche fluida o en polvo, entera o descremada sin aditivos 34,0 |
| - Agua ordinaria natural -,-9. |
| Intereses por préstamos de bancos a |
| gobiernos provinciales y municipales 104,0 |
| 10. Espectáculos cinematográficos, teatrales, |
| culturales, etc. y prestaciones de servicios relacionadas 41,0 |
| 11. Servicios funerarios pagados por obras sociales 6,2 |
| 12. Locación de inmuebles para vivienda y comerciales Sin dato |
| 13. Venta de partes y componentes de embarcaciones |
| y artefactos navales cuando el comprador |
| sea el Estado Nacional Sin dato |
| - Tasas diferenciales 1.252,0 |
| 1. Construcción de viviendas 514,0 |
| 2. Carnes vacunas, frutas, legumbres y hortalizas frescas 401,0 |
| 3. Medicina prepaga y sus prestadores 210,0 |
| 4. TV por cable (incluye deducción |
| gravamen sobre ingresos brutos de radio y TV) 127,0 |
| 5. Obras de arte Sin dato |
| 6. Préstamos al transporte automotor de pasajeros Sin dato |
| 7. Servicios prestados a producción bovina y frutihortícola Sin dato |
| de bienes de capital 78,0 |
| IMPUESTO A LAS GANANCIAS |
| (En millones de pesos) 2.496,7 |
| - Exenciones 2.480,1 |
| 1. Intereses de títulos públicos, excepto para |
| sociedades constituidas en el país 1.553,5 |
| 2. Reintegros a la exportación 170,1 |
| 3. Utilidades de las sociedades cooperativas 251,4 |
| 4. Ganancias de las asociaciones, fundaciones y |
| entidades civiles de asistencia social, caridad y beneficencia 231,1 |
| 5. Ganancias de las asociaciones deportivas |
| y de cultura física 152,0 |
| 6. Ganancias que obtengan las asociaciones, fundaciones |
| y entidades civiles de educación, instrucción, |
| científicas, literarias y artísticas 71,0 |
| 7. Ganancias que obtengan las asociaciones, |
| fundaciones y entidades civiles de salud pública 40,0 |
| 8. Intereses originados en créditos obtenidos en el exterior |
| por los estados nacional, provincial o municipal 11,0 |
| 9. Ganancias provenientes de la explotación de derechos |
| de autor y las restantes ganancias derivadas de |
| derechos amparados por la Ley 11.723 Sin dato |
| 10. Ganancias de las instituciones internacionales |
| sin fines de lucro Sin dato |
| 11 Ganancias que obtengan las asociaciones, |
| fundaciones y entidades civiles gremiales Sin dato |
| 12. Intereses de los préstamos de fomento otorgados por |
| organismos internacionales o instituciones oficiales extranjeras Sin dato |
| 13. Ganancias de las asociaciones mutuales Sin dato |
| 14. Ganancias provenientes de la compraventa de acciones |
| y demás títulos valores, obtenidas por personas físicas |
| que realicen dicha actividad en forma habitual Sin dato |
| 15. Intereses de depósitos en entidades financieras. No se |
| cuantifica por considerarse la contrapartida del Impuesto |
| sobre los Intereses Pagados y el Costo Financiero de |
| Endeudamiento Empresario -,-- |
| Deducciones 16,6 |
| 1. Crédito fiscal de IVA no utilizado por compras de papel |
| para las editoriales 16,6 |
| IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES |
| (En millones de pesos) 972,0 |
| 1. Diferencia entre impuestos a las naftas y al GNC 589,0 |
| 3. Diferencia entre impuestos a las naftas y al gasoil |
| aplicado al consumo de automóviles gasoleros, neto |
| de imp. s/automov. gasoleros 260,0 |
| 2. Exención de 50% del impuesto para los combustibles |
| líquidos a ser utilizados en la zona sur del país 89,0 |
| 4. Impuesto diferencial para las ciudades de Posadas, |
| Clorinda, La Quiaca, Pto. Iguazú y Bariloche y zona aledaña 34,0 |
| CONTRIBUCIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL 629,0 |
| Reducción Contribuciones Patronales por zona geográfica |
| (diferencia respecto de la vigente para Capital Federal) 629,0 |
| IMPUESTOS INTERNOS |
| (En millones de pesos) 27,0 |
| 1. Diferencia de la alícuota sobre las bebidas |
| analcohólicas y jarabes, según incluyan o no un |
| contenido mínimo de jugo de frutas 27,0 |
| IMPUESTO SOBRE LOS BIENES |
| PERSONALES Sin dato |
| 1. Exención de las cuotas sociales de cooperativas Sin dato |
| PROMOCION INDUSTRIAL |
| (En millones de pesos) 647,6 |
| 1. Leyes 20.560, 21.608 y 22.021. Decreto 2.054/92 237,3 |
| IVA - Compras y saldo 226,8 |
| Impuesto a las Ganancias 10,5 |
| 2. Decreto 804/96. Flexibilización de condiciones de |
| otorgamiento en algunas provincias 410,3 |
| IVA - Compras y saldo 397,5 |
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