Resolución conjunta N° 2/02 -SH- y1/02 -SF-
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SETENTA Y UNO (V.N. U$S 8.073.396.571,-).
Que por la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE FINANZAS y de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 43/2001 y N° 110/2001, respectivamente, se aceptó en la operación de canje por los nuevos instrumentos de deuda pública denominados “ONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES 12% 2001-2031” un monto de hasta VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL (V.N. U$S 2.396.473.000,-) de los títulos públicos denominados “ONOS EXTERNOS GLOBALES
DE LA REPUBLICA ARGENTINA 9,75% 1997-2027”y un monto de hasta VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRES MIL (V.N. U$S 902.923.000,-) de los títulos públicos denominados “ONTES 9,9375%/ 2027”
Que en el proceso de adjudicación del “ONO EXTERNO GLOBAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES 12% 2001-2031” se encontraron diferencias por transferencias erróneas efectuadas por los inversores y liquidadas en forma incorrecta por el Agente de Liquidación por un monto de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL (V.N. U$S 51.871.000), relativas a los instrumentos de deuda pública denominados “ONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA 9,75% 1997-2027”y “ONTES 9,9375%/2027”y dado que estos instrumentos tenían igual precio de corte, se entendió conveniente compensarlas.
Que por la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE FINANZAS y de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 56/2001 y N° 145/2001, respectivamente, se dispuso la ampliación, entre otros títulos públicos, de “ONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES 12,25% 2001-2018”por un monto de hasta VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE (V.N. U$S 991.439.217,-) para ser colocados al BANCO DE LA NACION ARGENTINA, en la operación de canje con liquidación el 22 de junio de 2001 y de los canjes diferidos con diversas fechas de liquidación.
Que por la Resolución mencionada en el considerando anterior, se aceptó en la operación de canje que liquidó el 22 de junio de 2001, un monto de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO SIETE MILLONES TRECE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO (V.N. U$S 107.013.245,-) de los títulos públicos denominados “ONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA 11,75% 2000-2015”
Que en la liquidación mencionada en el considerando anterior surgió una diferencia de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO (U$S 245,-) debido a que dicho monto es inferior a la denominación mínima del título mencionado en el considerando anterior, por lo cual el mencionado banco oficial procedió a subsanar el error mediante el pago en efectivo, de esta diferencia, al precio de corte.
Que asimismo el BANCO DE LA NACION ARGENTINA informó la imposibilidad de entregar Bonos a la Par emitidos bajo el Plan Financiero 1992, por un monto de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL (V.N. U$S 10.695.000), en los canjes diferidos de fecha 30 de junio de 2001 y 24 de agosto de 2001.
Que por la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE FINANZAS y de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 72/2001 y N° 176/2001 del EX MINISTERIO DE ECONOMIA, respectivamente, modificada por la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE FINANZAS y de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 96/2001 y 370/2001, respectivamente, se dispuso la ampliación del instrumento de deuda pública denominado “ONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES 12,25% 20012018%”por un monto de hasta VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DOS (V.N. U$S 246.862.602) para ser colocados al BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Que el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES comunicó la imposibilidad de cumplir con la entrega de los Bonos con Descuento por un monto de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTIOCHO MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL (V.N. U$S 28.095.000) y Bonos a la Par por un monto de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL (V.N. U$S 152.561.000), por lo que se entiende conveniente proceder a la cancelación de los “ONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES
12,25% 20012018”por un monto de VALOR NOMINAL ORIGINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS (V.N.O. U$S 173.900.472) a fin de adecuar los resultados del canje.
Que a fin de reflejar las correcciones realizadas, resulta necesario modificar el detalle de los bonos elegibles aceptados en canje que obran como Anexos I, lIl y IV de la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE FINANZAS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del EX MINISTERIO DE ECONOMIA N° 43/2001 y N° 110/2001, respectivamente, y el que obra como Anexo lIl de la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE FINANZAS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del EX MINISTERIO DE ECONOMIA N° 56/2001 y N° 145/2001, respectivamente, así como los montos totales de los nuevos instrumentos de deuda pública emitidos.
Que si bien el artículo 42 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999) delega en el señor Secretario de Hacienda las facultades de emisión de deuda pública en los casos de reestructuración de pasivos en el marco del artículo 65 de la Ley N° 24.156; en razón de las facultades que le otorgan a dicho Secretario y al señor Secretario de Finanzas el Decreto N° 357/2002, se considera oportuno que las presentes emisiones sean firmadas por ambos Secretarios ejerciendo las funciones de Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que los suscriptos se encuentran facultados para emitir la presente Resolución en virtud de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999) y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA Y EL SECRETARIO DE FINANZAS RESUELVEN:
Artículo 1° —Sustitúyese el Anexo I del Artículo 6° de la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE FINANZAS y de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 43 y N° 110, respectivamente, de fecha 4 de junio de 2001, por el que obra como Anexo I de la presente Resolución.
Art. 2° —Sustitúyese el Anexo IV del Artículo 9° de la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE FINANZAS y de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 43 y N° 110, respectivamente, de fecha 4 de junio de 2001, por el que obra como Anexo II a la presente Resolución.
Art. 3° —Sustitúyese el Anexo lIl del Artículo 8° de la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE FINANZAS y de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 56 y N° 145, respectivamente, de fecha 21 de junio de 2001, por el que obra como Anexo III a la presente Resolución.
Art. 4° —Sustitúyese el Anexo II al Artículo 5° de la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE FINANZAS y de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 72 y N° 176, respectivamente, de fecha 13 de julio de 2001, modificada por la Resolución conjunta de la SECRETARIA DE FINANZAS y de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 96 y N° 370, respectivamente, de fecha 31 de octubre de 2001, por el que obra como Anexo IV de la presente Resolución.
Art. 5° —Procédase a la cancelación de un monto de VALOR NOMINAL PESOS OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS (V. N. $ 8.992) de los “ONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN PESOS 10% 2001-2004 Y 12% 2004-2008”
Art. 6° —Procédase a la cancelación de un monto de VALOR NOMINAL ORIGINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO OCHENTA Y CUATRO MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS (V.N. $ 184.047.946,-) de los “ONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES 12,25% 2001-2018”
Art. 7° —Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —Oscar S. Lamberto. —R. Lisandro Barry.




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