Sancionan normas para buen gobierno corporativo en empresas del estado
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A esos funcionarios se les prohíbe expresamente hacer uso de los activos sociales y de cualquier información confidencial con fines privados, así como aprovechar o permitir que otra persona aproveche oportunidades de negocio de la empresa.
El comité de auditoría deberá opinar sobre la propuesta del directorio para la designación de auditores externos y supervisar el funcionamiento de los sistemas administrativos, contables y de control interno, así como la aplicación de las políticas de información sobre la gestión de riesgos.
También deberá proporcionar a la Sigen "información completa respecto de las operaciones en las cuales exista conflicto de intereses con integrantes de los órganos sociales o accionistas".
Asimismo, opinará sobre la razonabilidad de propuestas de honorarios, planes de opciones sobre acciones de los directores, cumplimiento de exigencias legales y condiciones de emisión de acciones o valores convertibles en acciones.
Por otra parte, el comité de auditoría deberá elaborar un plan de actuación para cada ejercicio anual, del que dará cuenta al directorio y al órgano de fiscalización.
Los directores, los miembros del órgano de fiscalización, los gerentes y los auditores externos estarán obligados, cuando el comité de auditoría lo requiera, a asistir a sus sesiones, prestarle colaboración y facilitar su acceso a la información.
El comité de auditoría tendrá presupuesto, aprobado por el directorio, para contratar asesoramiento profesional externo e independiente si lo juzgara necesario.




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