18 de abril 2006 - 00:00

Serio: Congreso complica a las pymes

Continuará mañana en la Cámara de Diputados el proceso de modificación -apunta ya a ser integral- de las leyes laborales en la Argentina. Al avance esta semana del proyecto que elimina los topes indemnizatorios se suma que en la Comisión de Legislación del Trabajo Héctor Recalde recibirá a representantes de las pequeñas empresas para debatir el proyecto que deroga el régimen laboral especial dentro de la Ley Pyme y el decreto con que Carlos Menem la reglamentó en 1999, eliminando algunos de los beneficios que se habían establecido para las empresas con menos de 40 trabajadores, aunque luego se autorizó que en la negociación colectiva se pudieran computar hasta 80.

El proyecto que tratarán los diputados elimina el Título III de esa ley sancionada en 1995. Allí se contempló, por ejemplo:

  • Que las empresas podían sustituir los registros de empleados exigidos por la ley por un Registro Unico de Personal.

  • Que los convenios colectivos de trabajo referidos a pymes podían modificar el momento en que el trabajadortoma su licencia anual por vacaciones, aunque luego en la reglamentación se fijó que cada período de vacaciones no podría ser menor de seis días.

  • En origen se les permitía a las pymes -algo que nunca llegó a ponerse en práctica por la demora en la reglamentaciónel fraccionamiento en tres cuotas del aguinaldo.

  • También se abría la posibilidad de que el empleador acordara con la representación sindical que firma el convenio colectivo la redefinición de los puestos de trabajo, reubicación de personal y cambio de funciones.

  • En cuanto al preaviso, el régimen para las pymes fija que se computa a partir del día siguiente al de su comunicación y será equivalente a un mes, sin importar la antigüedad del trabajador, aunque la flexibilización rigió sólo para los trabajadores contratados a partir de la sanción de la ley.

  • Se abrió la posibilidad de acordar convenios colectivos por cada empresa y que la negociación fuera delegada en entidades sindicales de grado inferior. La ley establece que esos convenios podían tener fecha de vencimiento libre y que al término de ese plazo -o los tres meses posteriores- no tendrían ultraactividad.

    Muchas de las disposiciones que estableció el capítulo laboral de la Ley Pyme no sólo tardaron cuatro años en entrar en vigencia hasta que Menem las reglamentó para incentivar la toma de empleados en esas empresas cuando comenzaron los primeros síntomas de la recesión. Un año después comenzaron cambios con la reforma laboral que también derogaron disposiciones y ahora el sindicalismo de la Comisión de Legislación del Trabajo pretende eliminarlos completamente.
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