Inexplicablemente, Diputados dio ayer media sanción a un proyecto de ley que virtualmente dispone un blanqueo para las productoras de TV abierta, por cable o satelital en el pago del IVA. Lo más curioso es que no sólo las exime del pago del impuesto para ejercicios anteriores, sino que, además, prohíbe a la AFIP cualquier reclamo judicial hacia atrás, algo inédito en el sistema tributario. Varias de estas empresas fueron allanadas hace dos semanas por sospechas de uso de facturas apócrifas precisamente para evadir el IVA.
La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley introducido rápidamente en la sesión, y que impulsa una suerte de blanqueo para las productoras de televisión. Esta iniciativa impone además que esté exento del pago del IVA para todas las producciones anteriores al 1 de enero de '99. Si finalmente el Senado termina de aprobar este proyecto y se convierte en ley, fuentes del Ministerio de Economía aseguraban que reclamarían al presidente Néstor Kirchner su veto. Según el primer artículo del proyecto de ley, y que tuvo un rápido paso por la Comisión de Presupuesto y Hacienda a cargo de Carlos Snopek, abarca «la producción de películas, programas y/o grabaciones destinados a ser exhibidos en emisoras de televisión abierta, por cable o por sistema satelital», rubros que en el caso de que se hayan producido antes del 1 de enero del '99 «no estarán alcanzados por el IVA».
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Esto quiere decir que la AFIP no les podrá reclamar el pago del impuesto en el caso de encontrar liquidaciones menores a las que estima el organismo recaudador. Como actualmente la mayoría de estas empresas se encuentran sin el amparo del bloqueo fiscal, con lo cual pueden ser investigadas y fiscalizadas hasta el ejercicio '98, en el caso de que sean encontradas culpables de no haber pagado todo el IVA correspondiente no tendrán que pagar el impuesto que eventualmente reclame la AFIP.
El texto del proyecto puntualizacuáles son las actividadesque tendrán este beneficio entre las que se encuentran «las actividades cuyo objeto fue la obtención como producto final de una película, programa y/o grabación, sin prejuicio que el sujeto que realizó la actividad lo haya hecho para sí, para terceros y/ o asociados a terceros» y también para el caso que «haya sido o no titular del derecho, sea que la película, programa y/o grabación haya sido emitidoen vivo, en directo o en diferido».
El virtual blanqueo surge luego, al mencionarse en el artículo 3 que «quedan sin efecto las actuaciones administrativas y judiciales» que abarquen los ejercicios fiscales «cerrados hasta el 31 de diciembre de 1998 impulsadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)». Con curiosidad, aclara en el artículo 4 que las empresas que hayan pagado y cancelado sus obligaciones del IVA con la AFIP no tendrán «lugar a reclamación alguna ni a petición del reintegro por parte del contribuyente».
Hace aproximadamente 15 días, varias de las productoras que estarían alcanzadas por esta legislación (entre otras PolKa, Cuatro Cabezas y Promofilm), fueron denunciadas por la AFIP de realizar operaciones con facturas apócrifas para eventualmente evadir el pago del IVA. Esta acusación continuaría su curso, más allá de la suerte que tenga el proyecto aprobado ayer en Diputados.
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