5 de noviembre 2001 - 00:00

Suman 1,5 millón los que se benefician con refinanciación

Suman 1,5 millón los que se benefician con refinanciación
Un millón y medio de empresas e individuos podrán cancelar sus deudas bancarias atrasadas con un descuento cercano de 50%, según lo dispuesto por las últimas medidas económicas. El total de deudas involucradas en esta situación asciende a los u$s 15.000 millones, casi 20% de las financiaciones totales otorgadas por el sistema financiero.

El decreto ómnibus 1387 que se dio a conocer el jueves a última hora establece que todos aquellos deudores morosos del sistema financiero que estén en situación 3, 4, 5 y 6 podrán cancelar los atrasos con el pago de bonos.

De esta forma, entran dentro de este sistema todos los que registren deudas con atrasos superiores a los 90 días (lo cual da lugar a la clasificación de 3 en adelante). La única condición que se establece para aprovechar el beneficio es que los morosos estén al día con el pago de impuestos al 30 de setiembre.

De las cien principales deudoras del sistema financiero, hay 7 que se beneficiarán con esta medida, porque están clasificadas en situación 3 o peor: Compañía General de Combustibles (grupo Soldati, que debe $ 188 millones a los bancos), Victorio Gualtieri (u$s 116 millones de deuda),Yoma SA (u$s 108 millones), Gatic (u$s 78 millones) y Alpargatas (u$s 65 millones), Inducuer (u$s 57 millones) y Destilería Argentina de Petróleo (u$s 49 millones).

Como los títulos que cotizan en el mercado lo hacen con un descuento que en algunos casos llega a 50%, esto implica que los deudores morosos podrán cancelar sus deudas con un descuento equivalente. Los bancos, por su parte, estarán obligados a aceptar los títulos como forma de cancelación de la deuda.

El régimen es absolutamente amplio. Incluye no sólo a las empresas de todo tamaño y rubro. También a personas físicas que hayan sacado cualquier tipo de crédito, desde personal hasta hipotecario.

Aquellos deudores que estén en situación 1 (cumplimiento normal) o 2 (riesgo potencial, con atrasos inferiores a 90 días) no tendrán en cambio beneficio alguno
.

Los bancos no tendrán que asumir las pérdidas.
Se dispuso que los bonos que reciban del público y las empresas podrán ser canjeados por su valor técnico (muy cercano al nominal) por los nuevos títulos o préstamos que ofrezca el gobierno, a un valor de uno a uno.

Las empresas que, al contrario, presenten deudas con el fisco también podrán beneficiarse de este mecanismo
. Pero primero deberán solucionar el tema con la DGI. Para eso, se comienza con una emisión de acciones por el equivalente de la deuda. Estas acciones quedarán en poder de la AFIP, que de esta forma capitalizará la deuda.

A su vez, la AFIP otorgará un certificado fiscal a la empresa, dejando constancia de que ésta canceló sus impuestos a través de la emisión de acciones. Presentando el certificado y los bonos correspondientes, también tendrá la oportunidad de cancelar su deuda con los bancos.

Utilización

Sólo podrán utilizar este mecanismo aquellas empresas que son sociedades anónimas. Cualquier otro tipo de personería jurídica, por ejemplo Sociedad de Responsabilidad Limitada o Sociedad de Hecho, deberá transformarse en SA para aprovechar el beneficio. La única condición, aparte de esto, es tener como mínimo cinco empleados y estar en marcha.

Las empresas, asimismo, tendrán a mano un régimen amplio y flexible de repatriación de capitales para conseguir nuevos inversores. El mecanismo dispuesto se divide entre las empresas que están al día con la AFIP y las que mantienen deudas, como se describe a continuación:

Compañías morosas:
si tienen una deuda de $ 500.000 con la AFIP, deberán emitir acciones por el mismo monto para cancelar la deuda con el Fisco. Pero, al mismo tiempo, se les permitirá realizar una emisión adicional de capital por una suma similar (otros $ 500.000) para atraer capital. Los inversores que hayan aportado esa suma no tendrán que justificarla en la declaración del Impuesto a las Ganancias, lo que implica un blanqueo de capitales.

Empresas al día:
también tendrán su mecanismo que facilita la repatriación de capitales. Se considerará el monto pagado en impuestos en los últimos cinco años (por ejemplo $ 2 millones). Ese monto será equivalente a lo que podrán incorporar como capital nuevo sin tener que justificarlo.
P.W.

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