6 de agosto 2013 - 00:00

AFIP borró a 27.700 monotributistas

Más de 27.700 monotributistas fueron excluidos del régimen simplificado durante el primer semestre del año, por no cumplir con los parámetros de ese sistema, informó ayer la AFIP. Del total, 4.700 fueron apartados con la aplicación de la "Exclusión de Pleno Derecho y la Fiscalización Electrónica", ya que no estaban en condiciones de pertenecer a este régimen especial, porque sus operaciones registradas superaron uno o más topes establecidos en la normativa vigente.

En un comunicado, la AFIP recordó que a partir de la publicación de la Resolución General 3.490, puede excluir de pleno derecho a los monotributistas que excedan algunos de los parámetros establecidos por la ley y que sean detectados a través de los cruces informáticos de las bases de datos del organismo. A principio de año, en el marco del Operativo Verano 2013 ya se había excluido a 7.543 contribuyentes. Además, el organismo que encabeza Ricardo Echegaray destacó que este año también comenzó a utilizarse la fiscalización electrónica, por la que se notifica a los contribuyentes de las inconsistencias detectadas a través de los cruces informáticos. Según pudo saber este diario, el 70% de esos apartados por fiscalización electrónica se excluyó por el cruce de costo laboral de tener empleados que supera el máximo de $ 80.000 en el caso de servicios y de $ 240.000 para la venta de bienes. El 30% fue por el cruce de venta con tarjeta de crédito (ventas mayores que $ 300.000 solamente con tarjeta de crédito, que es el tope máximo de ingresos permitido por el régimen simplificado).

Además, fueron objeto de exclusión: adquirentes de autos de alta de gama, profesionales de la salud, agencias de lotería, productores de seguros, bares y confiterías, garajes y estacionamientos, monotributistas con locales en shopping, precio unitario (por productos con valores superiores a $ 2.500, como mueblerías y joyerías), comercio electrónico (venta a través de portales de internet), servicios profesionales (abogados, contadores), adquirentes de aeronaves, categorías J, K y L que no cumplen con el mínimo de empleados, venta con tarjeta de crédito y monotributistas visitados en el operativo verano. A partir de hoy comienza a correr un plazo para que el contribuyente justifique estas inconsistencias electrónicamente a través del sitio web del organismo. Los contribuyentes excluidos deben regularizar su situación en IVA, en el Impuestos a las Ganancias, y en el Régimen Nacional de la Seguridad Social para trabajadores Autónomos en forma retroactiva desde la fecha de exclusión.

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