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Agricultura aumenta el beneficio a forestadores
La nueva resolución incrementa en un 10% los montos que el Estado entregará a los forestadores que opten por plantar material de propagación mejorado, según informó la cartera agropecuaria.
Rubros comprendidos
La Ley 25.080 de «Inversiones para bosques cultivados», prorrogada desde el año pasado por otros diez años por la Ley 26.432, prevé beneficios económicos (montos no reintegrables) a las plantaciones y a las tareas silvícolas de podas, raleos y manejo de rebrotes.
La nueva resolución incrementa en un 10% los montos que el Estado entregará a los forestadores que opten por plantar material de propagación mejorado.
Para acceder al incremento del nuevo beneficio, el material de propagación deberá ser de categoría «Seleccio-nado» o superior, de acuerdo con lo establecido por el Instituto Nacional de Semillas (INASE).
Este tipo de certificación se extiende a las semillas y materiales que se plantan y que proceden de los mejores árboles. En estos casos, el vivero debe utilizar una buena semilla con buenas características en cuanto a su calidad física (pureza, poder germinativo y sanidad) y genética.
Otros requisitos
Los rodales originarios, de los que proceden las semillas, deben encontrarse aislados para evitar contaminación o hibridaciones no deseadas.
Asimismo, la certificación de clones o cultivares también está contemplada. La buena genética también garantizará la calidad de la futura madera y todo el control del proceso lo efectúa el INASE.


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