29 de junio 2010 - 00:00

Autorización para afiliarse no alcanza a los jueces

El Consejo de la Magistratura salió ayer a aclarar la ambigua redacción de un dictamen que llevó a error a muchos porque sugería que se autorizaba a los jueces a afiliarse a partidos políticos. Esa habilitación sólo se refiere a funcionarios y a empleados judiciales, pero no a los magistrados. El organismo aprobó por mayoría la derogación o inhabilitación del artículo 8 del Reglamento para la Justicia Nacional, donde se establece que «los magistrados, funcionarios y empleados (...) no podrán estar afiliados a partidos políticos o agrupaciones políticas, ni actuar en política». Pero esta modificación no alcanzó a los jueces.

Los únicos que se opusieron a este cambio fueron los consejeros jueces Miguel Ángel Gálvez y Luis Cabral (el tercer juez que integra el organismo, Luis Bunge Campos, estuvo ausente en el debate por un viaje de trabajo). Los magistrados argumentaron que esta modificación debía definirse en el Congreso de la Nación, y no en el ámbito del Consejo, así como advirtieron que la prohibición de afiliarse a funcionarios y empleados judiciales figura en varias Constituciones provinciales.

La discusión fue particularmente espinosa y ambigua respecto de la posibilidad de los secretarios de los juzgados de afiliarse a partidos políticos. Este es el cargo de funcionario judicial que en general es el escalón previo para concursar como magistrado.

Violaciones

Según el dictamen presentado por el consejero y diputado kirchnerista Carlos Kunkel, el artículo 8 del Reglamento para la Justicia Nacional «no sólo es violatorio de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, sino también de la Convención Americana de los Derechos Humanos».

Más allá de los argumentos de los consejeros y del resultado de la votación -que aprobó la derogación (limitada) del artículo por 9 votos contra 2-, las dimensiones que esta modificación tiene para los integrantes el Poder Judicial también son confusas. Sobre todo porque ya existe una acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en 1984 ya había modificado este reglamento para autorizar a los empleados a afiliarse a partidos políticos. La única diferencia en este caso sería la situación de los funcionarios.

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