Con 58 votos a favor, el rechazo del Frente de Izquierda y los Trabajadores, y la abstención de Franco Saillen de Unidad Ciudadana, la Legislatura de Córdoba aprobó ayer su propia versión de la ley del arrepentido que se utilizará en el fuero penal local para casos de corrupción, en adhesión a la norma nacional que le abrió la puerta al desfile por los tribunales de empresarios y exfuncionarios en el marco de la causa por los cuadernos.
Córdoba ya tiene su propia versión de la ley del arrepentido
ADHIRIÓ CON MODIFICACIONES A LA NORMA NACIONAL - Incorpora la prisión preventiva para el falso testimonio y una propuesta de devolución de los bienes obtenidos por el delito de corrupción.
El proyecto de reforma del Código Procesal Penal, que contó con el respaldo del oficialista Unión por Córdoba, pertenece al legislador de Cambiemos Javier Bee Sellares y suma como novedad la incorporación de la prisión preventiva para el falso testimonio y la restitución de bienes, lo que hace que la norma cordobesa resulte más estricta que la que sancionó el Congreso Nacional.
“La sociedad en general demanda desmitificar que el imputado que se presenta para declarar puede decir lo quiera para salir en libertad. Este proyecto rompe con eso, porque el imputado que declara una versión de los hechos que no es verídica será alcanzado por la prisión preventiva”, destaca Bee Sellares, y subraya que en ese caso se presumirá que el imputado buscó entorpecer la investigación.
La otra característica diferencial de la versión local es, según el autor del proyecto, “una propuesta concreta de reparación o restitución de los fondos, bienes, efectos, productos o ganancias del delito por el cual se brindare colaboración, con las que se hubiere beneficiado”.
Los cambios introducidos en la variante cordobesa hacen que, para que el arrepentido pueda obtener el beneficio de una moderación de la pena, deberá brindar información fidedigna y realizar una propuesta concreta de cómo devolverá los bienes obtenidos como consecuencia del delito.
En los fundamentos del proyecto, el legislador señaló que “sólo basta con observar los logros judiciales a nivel nacional en la investigación de los hechos de corrupción para afirmar que esta figura ha sido indispensable y sumamente útil para la lucha contra la corrupción y la impunidad”.
La Ley 27.304, que incorporó a nivel nacional la figura por la cual se establece una reducción de penas “para toda persona imputada o condenada si durante el proceso judicial aporta información precisa, comprobable y de relevancia para la investigación a nivel nacional”, en su artículo 18 “invita a las provincias a adoptar las normas procesales correspondientes a los efectos de concordarlas con las disposiciones contenidas en la presente ley”.
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