1 de septiembre 2014 - 00:51

Distorsiona mercado y afecta inversión

Distorsiona mercado y afecta inversión
Más allá de las razones argumentadas por el Gobierno respecto a la finalidad del paquete de leyes enviado al Congreso, para proteger al consumidor y sin entrar a un análisis detallado de la normativa propuesta, surgen claramente interrogantes sobre su alcance que es menester clarificar.

El primero es determinar si los tres proyectos remitidos al Congreso tienen la misma finalidad. Cabe recordar que hay uno que trata sobre la creación de un observatorio de precios, otro relativo a mecanismos de resolución de conflicto en las relaciones de consumo (que es concretamente el destinado a la defensa del consumidor) y el tercero, que tiene por objeto reinstalar el régimen de la Ley de Abastecimiento.

Desde ya que nadie puede objetar el proyecto referido a la defensa del consumidor y a mecanismos para ejercitar sus derechos. En cambio, surgen dudas sobre el porqué de un observatorio de precios, cuando ya existen mecanismos institucionalizados a través del INDEC, lo cual nos lleva a la pregunta de que si se trata de una duplicación, de una sustitución o de la confesión de la falta de adecuado funcionamiento del régimen actual.

Ahora bien, el tercero de los proyectos -la Ley de Abastecimiento- no tiene por finalidad defender al consumidor y, mucho menos, se trata de defender la competencia pues ello no sería necesario toda vez que existe, plenamente vigente, una ley al respecto de defensa de la competencia.

Insistir sobre una incuestionablemente no vigente norma, como la Ley 20.680 de Abastecimiento, cuya suspensión operó por el Dec. 2284/91 (con excepción del ulteriormente reinstalado art. 2 inc. c de ésta), comporta la intención de una intervención directa del Estado en el mercado, para fijar precios máximos, márgenes de utilidad, incluso realizar acciones tales como involucrarse en todas las actividades económicas, imponiendo multas, interviniendo mercaderías, imponiendo clausuras, inhabilitaciones o decomisos de mercaderías hasta con la posibilidad de su producción, distribución o venta por parte del Gobierno, a través del funcionario actuante.

De más está decir que semejantes atribuciones no han de transparentar el mercado sino distorsionarlo y además de afectar la inversión y el desarrollo que nuestro país necesita. Constituye, además, una violación de la Constitución Nacional al generar una delegación "abierta" de facultades.

El tema de fondo, indudablemente, es si se defiende al consumidor y a la efectiva libre competencia o si lo que se pretende es una intervención del Estado lisa y llana en la economía y actividades de iniciativa privada.

Nuestra respuesta es categórica: el proyecto es, en tal sentido, no sólo inconstitucional sino inoportuno e inconveniente y su irrazonabilidad necesariamente ha de caer -si el proyecto se convierte en ley- bajo el control judicial que es a quien corresponde garantizar la efectiva división de Poderes que aparece claramente desdibujada en esta iniciativa.



(*) Presidente COPAL

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