Dos nuevos fallos de la Cámara Federal declararon inconstitucional el segundo párrafo del artículo 14 de la llamada ley de drogas, que criminaliza la tenencia de estupefacientes para consumo personal, y dispusieron el sobreseimiento de los imputados.
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En sendas resoluciones, difundidas ayer por el Centro de Información Judicial (CIJ), las Salas I y II del tribunal de apelaciones concluyeron que no debe aplicarse esa norma que reprime con prisión de un mes a dos años a quien tuviere drogas cuando «por su escasa cantidad y demás circunstancias surgiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal».
El fallo benefició a un joven detenido en cuyo poder se incautaron dos envoltorios con marihuana que, sostuvo, eran para su consumo. Esa circunstancia fue aceptada porque entendieron que esa conducta «no trascendía a terceros».
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