La AFIP dispuso ayer equiparar a la información aduanera con la información fiscal, sobre la cual pesa secreto. De modo que el organismo no podrá difundir información sobre algún exportador o importador de manera particular.
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Las operaciones de comercio exterior sólo podrán ser publicadas "de manera estadística y agregada".
A través de una disposición publicada ayer en el Boletín Oficial, el ente recaudador dispuso que cuando se reciban pedidos de información de comercio exterior "se solicitará dictamen del servicio jurídico que corresponda al área competente, en forma previa a resolver la solicitud de que se trate".
La medida puede afectar a cámaras empresariales que requieren habitualmente de información sobre importaciones para poder establecer proyecciones sobre el mercado.
De hecho, el año pasado, la AFIP dejó de publicar información estadística casi en tiempo real sobre ingreso de bienes al país.
La difusión de esos datos no se volvió a normalizar.
"Resulta aconsejable emitir un acto dispositivo de alcance general que establezca el procedimiento respecto de la información a suministrar en materia aduanera, frente a los requerimientos que pudieren formular los administrados, las autoridades u organismos de cualquier naturaleza", concluyó el organismo.
La AFIP determinó que se publicarán las operaciones de importación y exportación del mes anterior de forma genérica, de manera que no se pueda identificar a operadores del comercio exterior de manera específica.
En los casos de dumping, la Aduana podrá informar a autoridades competentes sobre productos en trámite de importación, cuando sean objeto de investigación.
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