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Magistratura aprueba jueces para fuero clave
Ricardo Recondo
Entre los aspirantes a dos juzgados vacantes, quien generaba mayores objeciones en los consejeros opositores era María Alejandra Biotti. Los señalamientos son variados, desde atrasos en la resolución de expedientes en un juzgado número 6 que le tocó subrogar (se habría retirado con 548 causas sin resolución) hasta aspectos más laterales, como una serie de «pedidos urgentes» hacia la Cámara del fuero solicitando tapicería en sillones de su despacho.
Ayer Biotti se presentó en el plenario. Aseguró que en el juzgado que actualmente subroga sólo hay un expediente pendiente de resolución y en el caso del juzgado 6 desligó responsabilidades en su antecesora (Silva Garretón) y en su sucesor (Enrique Lavie Pico). Luego sostuvo que la cantidad de causas que dejo sin resolver se debía a un supuesto error de cómputos. No ofreció pruebas de esto y tampoco recomendó observar el registro de sentencia.
Al momento de la votación, el camarista Ricardo Recondo, opositor al Gobierno, abandonó la reunión y posibilitó los números necesarios a los kirchneristas liderados por el representante del Poder Ejecutivo, Hernán Ordiales. Al mismo tiempo, el representante de los abogados, Daniel Ostropolsky (habitualmente opositor), se abstuvo de votar. Quienes sí se opusieron fueron los radicales Mario Cimadevilla y Oscar Aguad, y el abogado Alejandro Fargosi. El bloque opositor se quebró luego de meses de sintonía absoluta.
La postura de Recondo no fue sorpresiva ya que días atrás había manifestado su intención de no obstaculizar el orden de mérito por la necesidad de cubrir las vacantes. Extraño giro para quien fue uno de los principales opositores a los candidatos que proponía el Gobierno al fuero Civil y Comercial donde tramitan las causas de la ley de medios.
Santiago Carrillo, Flavio Lowenrosen, María Gilardi Madariaga, Víctor Trionfetti y Alejandro Maraniello fueron los otros candidatos aprobados en el Consejo para el fuero donde se tramitan las causas relacionadas con la constitucionalidad de los actos del Estado.


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