- ámbito
- Edición Impresa
Multas a mineras: desde enero, casi $ 10 millones
El jueves pasado, la Legislatura provincial sancionó la creación del Registro Único de Proveedores de Empresas Mineras (RUPEM), que impone cláusulas para mantener en pie la mano de obra local y la provisión de materiales e insumos dentro del mismo distrito, tras los anuncios del gigante canadiense Barrick Gold de desacelerar el desarrollo del proyecto binacional Pascua Lama.
La iniciativa en cuestión obligará a las empresas mineras a que el 75% del monto total anual de sus facturaciones en obras, bienes e insumos sean contratados con proveedores locales inscriptos en el RUPEN. El otro punto a destacar que contiene el texto es que el 80% de los trabajadores contratados deberá tener domicilio real -de como mínimo un año- en San Juan.
El proyecto aprobado establece sanciones en una cantidad de unidades tributarias que hasta fin de año llegarán a un máximo de un millón de pesos. La modificación se dará a partir de enero de 2014, cuando la medida de ese valor aumente de 0,10 a un peso. De esta manera, el Ejecutivo que lidera interinamente el vicegobernador, Sergio Uñac, podrá aplicar hasta 10 millones a las compañías que estén en falta.
El incremento de la unidad tributaria estuvo congelado desde 2004. Ese año pasó de 0,08 a 0,10 pesos. A partir de 2014 aumentará hasta un peso, según detalló el ministro de Hacienda de San Juan, Francisco Alcoba, cuando defendió el Presupuesto para el próximo año en la Legislatura local.
Impuestos
La unidad tributaria es una medida de valor que se creó para pagar impuestos por distintos trámites administrativos que se realizan en el Estado y su costo se define a través de una resolución del ministerio que lidera Alcoba.
La iniciativa original que crea el RUPEM fue modificada durante el debate en comisión del proyecto. Una de las más importantes fue la que propone un límite a lo que cobren los proveedores mineros. "Lo hacemos para que la ley no se preste a abusos y para no desalentar inversiones", destacaron los legisladores al sancionar el texto.
Por de pronto, la prioridad la tendrá el proveedor sanjuanino, aunque si la diferencia excede un 10% del bien que se está por comprar en relación con otro oferente externo al RUPEM, la compañía minera quedará exceptuada de la obligación que impone la ley y podrá contratar a quien desee y considere que le conviene. En ese caso, la operación no se computará dentro del 75% exigido, aunque en el resto de su facturación deberá cumplir con esa meta mínima.


Dejá tu comentario