3 de noviembre 2016 - 00:00

Polémica porque los espías podrán actuar infiltrados

Liliana Negre de Alonso
Liliana Negre de Alonso
El Senado convirtió ayer en ley el proyecto enviado por el Gobierno de Mauricio Macri que establece las figuras del agente encubierto, agente revelador y del informante como nuevas herramientas de investigación, prevención y lucha de los delitos complejos.

La iniciativa tuvo 34 votos a favor y 18 en contra (ultrakirchnerismo, algunos del FpV, y los peronistas puntanos Adolfo Rodríguez Saá y Liliana Negre de Alonso), mientras que los cinco senadores que se abstuvieron fueron Fernando Pino Solanas (Ciudad de Buenos Aires-Proyecto Sur), Jaime Linares (Buenos Aires-GEN), Magdalena Odarda (Río Negro, Coalición Cívica-ARI), María Cristina Fiore (Pares-Salta) y Alfredo Luenzo (Chubut Somos Todos).

Según el texto, se entiende como agente encubierto al integrante de las fuerzas de seguridad que se infiltra en organizaciones criminales para identificar o detener a los participantes o autores del delito, y aporta pruebas para la investigación de un delito complejo.

El agente revelador, por su parte, tendrá a su cargo la simulación de "interés en ejecutar el transporte, compra o consumo, para sí o para terceros de dinero, bienes, personas, servicios, armas y estupefacientes", entre otras cuestiones, "con la finalidad de identificar a las personas implicadas en un delito, detenerlas, incautar los bienes, liberar a las víctimas o de recolectar material probatorio que sirva para el esclarecimiento de los hechos ilícitos".

Para ambos casos, los agentes de seguridad no podrán ser obligados a cumplir esas funciones y tampoco será punible "que como consecuencia necesaria del desarrollo de la actuación se hubiesen visto a incurrir en un delito, siempre que éste no implique poner en peligro cierto la vida o la integridad psíquica o física de una persona".

En tanto, el informante es el que, a cambio de un beneficio económico -que no se especifica en el texto-, aporta datos para iniciar o guiar una investigación, pero no será considerado un agente del Estado.

La ley impone otros dos conceptos. Uno es el de "entrega vigilada", cuando el juez o a pedido del Ministerio Público Fiscal se posterga la detención de personas o secuestro de bienes, cuando estime que la ejecución inmediata pueda comprometer el éxito de una investigación. También, cuando se desactive la interceptación en territorio argentino de una remesa ilícita, así como la circulación y la salida del país de la misma.

Para el empleado público que revele sin permiso oficial la identidad de los agentes encubierto y revelador, o del informante, las penas de prisión serán de entre cuatro y ocho años, más una multa económica e inhabilitación perpetua.

La ley también avala que, en caso de encontrarse en peligro la vida de la víctima, los magistrados (fiscal y juez) a cargo de la causa actúen en jurisdicción territorial ajena (recibió el rechazo de parte de la oposición), decisión que deberán comunicar en un plazo no mayor de 24 horas.

El sector ultra-k en el recinto estuvo representado por la santacruceña Virginia García, quien rechazó la designación de agentes desde el Ministerio de Seguridad de la Nación. "Ese protocolo corresponde al Ministerio de Justicia", destacó, y pidió por su dictamen de minoría. No obstante, la peronista disidente Negre de Alonso fue la más crítica. "Es un atropello al federalismo, ya que estamos violando el artículo uno de la Constitución".

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