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Rigen ya subas en impuestos
También se comenzará a gravar «a la actividad de la construcción de inmuebles de empresas cuya facturación anual supere 1,5 millón de pesos». Además, la norma establece «incrementos en la valuación fiscal de los inmuebles rurales, a partir de 2012», exceptuando aquellos contribuyentes titulares de un único inmueble rural, cuya superficie no supere el 50% de la unidad económica agraria.
Inmobiliario
La ley también agrega un adicional a grandes propietarios rurales que alcanzará «a los titulares de inmuebles cuyas valuaciones superen el valor fiscal de $ 836.000, y se liquidará con un incremento del 80% del inmobiliario rural que corresponda». En tanto, «a los titulares de inmuebles cuyas valuaciones superen el valor fiscal de $ 1.870.000 se liquidará con un incremento del 120% del Impuesto Inmobiliario rural que le corresponda tributar al sujeto».
En cuanto al Inmobiliario Urbano, se establecen las siguientes subas: «Para los rangos 1 a 4 (0%), para el rango 5 (20%), para el rango 6 (30%), para el rango 7 (60%), y para el rango 8 (75%). La nueva normativa incorpora además un impuesto a las embarcaciones de recreación a partir de los $ 80 mil.


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