El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) dio por concluida la etapa de consulta pública sobre la reconfiguración del sistema de transporte de gas natural y, mediante la Resolución 409/2026 publicada este martes en el Boletín Oficial, instruyó a las licenciatarias de transporte y distribución a celebrar nuevos contratos de transporte firme o adecuar los existentes, con vigencia a partir del 1° de mayo de 2026.
El ENARGAS cerró la consulta pública y ordenó a las distribuidoras adecuar contratos de transporte firme antes del 1 de mayo
El ente regulador concluyó el proceso de participación ciudadana sobre la reconfiguración del sistema de transporte de gas natural y fijó nuevas reglas: contratos mínimos hasta abril de 2028, modificación de factores de carga y derogación de normativa vigente desde 2024.
-
Las petroleras argentinas abrieron una ventana para emitir deuda y tuvieron su mejor trimestre desde 2017
-
La OPEP+ resolvió aumentar la producción de petróleo a 206.000 barriles diarios
La medida es la culminación operativa de la Resolución 66/2026 de la Secretaría de Energía, que en marzo pasado dispuso la reconfiguración del sistema en el marco de la emergencia energética vigente —declarada en diciembre de 2023 y prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2027 por el Decreto N° 49/26—. El fundamento estructural de la medida es el declino de la Cuenca Noroeste y la caída del suministro desde Bolivia, frente al creciente protagonismo de la producción no convencional de Vaca Muerta en la Cuenca Neuquina.
Los nuevos contratos tendrán vigencia mínima hasta el 30 de abril de 2028, aunque las partes podrán acordar plazos mayores. Los contratos vigentes que no resulten modificados por la reasignación mantendrán sus plazos originales.
Factores de carga y normativa derogada
Entre las disposiciones más relevantes, el ente regulador aprobó la modificación de los factores de carga de Naturgy NOA S.A. y Camuzzi Gas del Sur S.A., que pasan del 35% al 45% para los usuarios residenciales. Las restantes distribuidoras mantienen el 35%.
También se reconoció carácter firme —desde el punto de vista tarifario y de despacho— a determinados servicios de Intercambio y Desplazamiento (ED), con el fin de preservar la firmeza de los contratos preexistentes de cargadores afectados por la eliminación de rutas. La medida responde, entre otros, a planteos formulados durante la consulta por empresas como Ternium Argentina, ARCOR e YPF Energía Eléctrica, que contaban con contratos de transporte con recepción en la zona Salta.
Por otra parte, el ENARGAS derogó la Resolución 705/2024, que regulaba el uso de capacidad ociosa por parte de las distribuidoras cuando debían abastecerse desde puntos distintos a los contratados con las transportistas. El organismo consideró que, con la reconfiguración en marcha, esa normativa dejó de ser la herramienta más adecuada para promover un uso eficiente del sistema.
Respecto al Reglamento de Servicio de Distribución, el ente mantuvo la obligación de contratar transporte firme para la demanda ininterrumpible por un plazo mínimo de diez años, eliminando únicamente la prohibición de hacer "step down" en los contratos vigentes.
Las objeciones de las licenciatarias
Durante la consulta, que recibió presentaciones de TGS, TGN, Metrogas, Gas Nea, Litoral Gas, Naturgy BAN, Naturgy NOA, Camuzzi Gas del Sur, Distribuidora de Gas del Centro, Distribuidora de Gas Cuyana, YPF Energía Eléctrica, Ternium, ARCOR y la Asociación de Consumidores Industriales de Gas (ACIGRA), las empresas cuestionaron desde los plazos de la reasignación hasta la metodología utilizada para modificar los factores de carga.
Gas Nea fue la voz más crítica respecto al alcance temporal de la medida: argumentó que el marco regulatorio solo habilita reasignaciones temporarias de corto plazo y que la reconfiguración no podía extenderse más allá del período invernal crítico. El ENARGAS rechazó esa lectura y sostuvo que los cambios en las cuencas productivas tienen carácter estructural y permanente, citando jurisprudencia de la Corte Suprema sobre emergencia económica y facultades regulatorias del Estado.
TGS planteó que la reconfiguración generaría una disminución de sus ingresos. El organismo respondió que el esquema tarifario preserva la consistencia intertemporal en términos de valor presente y que el marco regulatorio vigente no garantiza una rentabilidad "asegurada" a las licenciatarias, sino una "razonable".
Los cuadros tarifarios definitivos resultantes de la reconfiguración serán aprobados junto con los ajustes correspondientes al mes de mayo de 2026.
- Temas
- Enargas
- Gas
- Boletín Oficial



Dejá tu comentario