29 de septiembre 2023 - 08:00

AFIP: dos buenas noticias para todos los trabajadores autónomos

El organismo nacional de recaudación del Estado argentino confirmó esta semana dos novedades para el sector. Enterate más.

Cómo quedaron las fechas de pago de AFIP tras la prórroga.
Cómo quedaron las fechas de pago de AFIP tras la prórroga.

Con el objetivo de reforzar el bolsillo de las familias argentinas, desde la cartera de Economía resolvieron que ambos beneficios apliquen para los últimos 4 meses del año. Y según se sabe, se complementarían con la actualización de los importes de la escala de retención del impuesto a las Ganancias, que estará en $160.000.

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De esta manera, la AFIP fijó que las nuevas fechas de vencimientos para el pago de los aportes correspondientes a septiembre, octubre, noviembre y diciembre, aplicarían para 2024. Y desde la entidad ya organizaron el calendario de pagos para todos los autónomos.

Autónomos AFIP: cuándo y en qué días deberán abonar

Para los aportes del último cuatrimestre del sector de los autónomos, la AFIP calendarizó las fechas de pago de la siguiente manera:

Septiembre y octubre

  • Para los autónomos cuyo CUIT termine en 0, 1, 2 y 3, pagarán sus aportes el 5 de marzo próximo.
  • Para los autónomos cuyo CUIT termine en 4, 5, y 6, su fecha de pagos será el 6 de marzo.
  • Para los autónomos cuyo CUIT termine en 7, 8 y 9, pagarán el 7 de marzo.
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Noviembre y diciembre

En cambio, para los meses de noviembre y diciembre, el límite de pagos quedó estipulado para abril de 2024.

  • Para los autónomos cuyo CUIT termine en 0, 1, 2, y 3, el vencimiento será el 5 de abril próximo.
  • Para los autónomos cuyo CUIT termine en para los de 4, 5 y 6, sus pagos deberán hacerse el 8 de abril.
  • Para los autónomos cuyo CUIT termine en para los de 7, 8 y 9, pagarán el 9 de abril.

Autónomos AFIP: calendario de pagos del IVA

En relación al pago del IVA, correspondiente a los meses de septiembre y octubre, los pagos serán escalonados.

Septiembre y octubre

  • Para los autónomos cuyo CUIT termine en 0 y 1, la fecha límite será el 18 de marzo.
  • Para los autónomos cuyo CUIT termine en 2 y 3, deberán abonar el 19 de marzo.
  • Para los autónomos cuyo CUIT termine 4 y 5, pagarán su IVA hasta el 20 de marzo.
  • Para los autónomos cuyo CUIT termine 6 y 7, pagarán sus haberes hasta el 21 de marzo.
  • Para los autónomos cuyo CUIT termine 8 y 9, sus aportes podrán ser pagados hasta el 22 de marzo.
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Noviembre y diciembre

Mientras que para los meses de noviembre y diciembre se mantendrán la misma estructura, pero con un cambio de fechas.

  • Los CUIT terminados en 0 y 1, la fecha de vencimiento será el 18 de abril.
  • Para los CUIT terminados en 2 y 3, podrán pagar hasta el 19 de abril.
  • Para los CUIT terminados en 4 y 5, la fecha límite será hasta el 22 de abril.
  • Para los CUIT terminados en 6 y 7, podrán abonar hasta el 23 de abril.
  • Para los CUIT terminados en 8 y 9, podrán pagar hasta el 24 de abril.

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