El Sueldo Anual Complementario (SAC) se divide en dos pagos: la primera se cobra en junio y la segunda en diciembre. Cada uno corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador, dentro de cada uno de los semestres.
El Sueldo Anual Complementario (SAC) se divide en dos pagos: la primera se cobra en junio y la segunda en diciembre. Cada uno corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador, dentro de cada uno de los semestres.
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Por otra parte, mediante la Resolución General 5280, publicada a inicios de noviembre en el Boletín Oficial, el gobierno estableció que el aguinaldo estará exento de ganancias si el monto de la remuneración o el haber bruto promedio mensual no es mayor a la suma de $280.792 para el primer semestre y de $330.000 para el segundo semestre.
Millones de trabajadores cobrarán en diciembre la segunda cuota del aguinaldo por su trabajo en relación de dependencia. Este derecho también corresponde a jubilados y pensionados. En contraposición hay otros grupos, como los monotributistas, que no cuentan con este beneficio.
Las empleadas domésticas cobrarán los haberes de diciembre con un aumento del 9%, alcanzado por el acuerdo paritario de la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP), junto a la segunda cuota del SAC, conocido como aguinaldo.
Según la Ley de Contrato de Trabajo, el aguinaldo se acredita en base a la mitad del mejor salario abonado en el período de enero a junio. Se divide en dos pagos: la primera mitad se cobra en junio y la segunda, en diciembre. Este segundo aguinaldo se podrá depositar entre el 19 y 23 de diciembre.
El monto del aguinaldo es equivalente al 50 por ciento de la mayor remuneración mensual percibida. Para dicho cálculo se deben contemplar las horas extra, bonos y cualquier otra suma que se haya agregado a la remuneración durante el segundo semestre del año.
Para los trabajadores que al mes de diciembre no alcanzan a cumplir el año de antigüedad, el cálculo es diferente. En esos casos, el monto se calcula en base a los meses trabajados. Para saber el monto exacto se debe dividir el mejor sueldo a la mitad como en el caso de los demás trabajadores. Pero en el caso de quienes no tiene un año de antigüedad, se debe volver a dividir esa cifra por seis y multiplicar el resultado por la cantidad de meses trabajados.
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