El Programa de Atención Médica Integral (PAMI) anunció una nueva normativa que impactará a varios jubilados y pensionados. A partir de 2024, ciertos beneficiarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) no podrán afiliarse ni recibir cobertura médica a través de esta obra social. Esta medida generó inquietud entre los adultos mayores, quienes actualmente dependen del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para acceder a sus servicios médicos. La resolución, establecida en el Artículo 10 del Reglamento de Compras y Contrataciones de PAMI, limita el acceso a la cobertura para ciertos grupos de beneficiarios.
¡Alerta PAMI! quiénes no podrán afiliarse a la obra social en 2024
El Programa de Atención Médica Integral establece nuevas restricciones para el acceso a sus servicios. Conocé los requisitos actualizados para la afiliación en 2024.
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La reciente reglamentación de PAMI excluye a beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) de su cobertura médica, cambiando el panorama para quienes no podrán adherirse a la obra social en 2024.
Con esta normativa, un grupo específico de jubilados y pensionados verá modificada su situación de cobertura médica. Las nuevas restricciones establecen que, incluso si son familiares directos de afiliados a PAMI, no podrán acceder a los servicios médicos del organismo. En lugar de PAMI, estos beneficiarios tendrán acceso al Programa Incluir Salud, que proporciona asistencia médica adecuada a sus necesidades.
Quiénes no pueden afiliarse a PAMI aunque sean beneficiarios de ANSES
A partir de 2024, los beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) no podrán acceder a la afiliación y cobertura de PAMI. Esta restricción incluye las siguientes pensiones:
- PNC por Madre de 7 Hijos
- PNC por Vejez
- PNC por Invalidez
Estos beneficiarios deberán recurrir al Programa Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Nación, que les ofrecerá la asistencia médica necesaria.
PAMI: cómo afiliar a familiares a la obra social
Los jubilados y pensionados que ya están afiliados a PAMI tienen la posibilidad de incorporar a sus familiares directos, como hijos o cónyuge, a la obra social. Para realizar este trámite, deben presentar la siguiente documentación en una oficina de atención de PAMI:
- DNI con domicilio actualizado del titular y del familiar.
- Último recibo de haberes del afiliado.
- Partida o acta de nacimiento del familiar.
- Información Sumaria validada por autoridad judicial que confirme el vínculo.
- Constancia de Cuil emitida por ANSES.
- Constancia negativa de obra social provincial.
- Certificación negativa emitida por ANSES.
- Formulario Familiar no Conviviente, si corresponde.





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