El Gobierno publicó este miércoles en el Boletín Oficial el Decreto 397/2025, que dispone una modificación clave en el régimen de control de armas semiautomáticas de uso civil alimentadas con cargadores de quita y pon, símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR. A partir de hoy, se podrán utilizar en actividades deportivas, de acuerdo a la nueva normativa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC).
ANMAC: Gobierno flexibilizó regulaciones y autoriza el uso de armas semiautomáticas en actividades deportivas
El Gobierno, a través de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), dispuso cambios en la normativa para armas semiautomáticas de uso civil.
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A partir de hoy, se podrán utilizar armas semiautomáticas reguladas para actividades deportivas.
De este modo, el organismo que controla el uso y tenencia de armas de fuego de los usuarios en la Argentina, introdujo una serie de cambios para este tipo de armamento, bajo un régimen especial.
ANMAC: flexibilizan normas para armas semiautomáticas de uso civil
El Decreto 397/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial y ya entró en vigencia.
La decisión se adoptó después de más de treinta años de vigencia de un sistema restrictivo impuesto por el Decreto 64/1995, que prohibía a los usuarios civiles la adquisición y tenencia de estas armas, salvo excepciones autorizadas por el Ministerio de Defensa. El nuevo decreto sustituye ese régimen de prohibición general por un sistema de control administrado por la ANMAC, organismo descentralizado dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional.
El texto oficial establece un régimen especial de autorización para la adquisición y tenencia de armas semiautomáticas con cargadores desmontables, similares a fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto, derivadas de armamento militar y con calibre superior al .22 LR. Esta autorización está dirigida a los legítimos usuarios de armas de fuego, y será la ANMAC la encargada de aplicar este régimen de control especial.
El Gobierno explica que, durante más de treinta años, tanto el antiguo Registro Nacional de Armas como la ANMAC fueron aplicando criterios cada vez más estrictos. Esto provocó que muchos propietarios originales de estas armas murieran sin haber podido transferir legalmente la titularidad a sus herederos, generando así situaciones de tenencia irregular.
El decreto también permite que estas armas reguladas puedan ser usadas en actividades deportivas u otros fines legales, siempre que sean evaluadas y aprobadas por la autoridad correspondiente.
La ANMAC organismo creado por la Ley 27.192 y dependiente del Ministerio de Seguridad será la responsable de aplicar, controlar y fiscalizar lo establecido por la Ley Nacional de Armas y Explosivos N.º 20.429 y su normativa complementaria. El decreto enfatiza que los nuevos controles deben lograr un equilibrio entre permitir la adquisición o transferencia de estas armas y garantizar la seguridad pública.
Modificación en la reglamentación de la Ley de Armas y Explosivos
Mediante el Decreto 409/2025, se introdujeron cambios significativos en la reglamentación de la Ley N.º 20.429 de Armas y Explosivos. Esta reforma impacta directamente en los procedimientos relacionados con la tenencia y portación de armas de fuego por parte del personal de las Fuerzas Armadas, fuerzas de seguridad, servicios penitenciarios, policías provinciales, asociaciones de tiro y usuarios civiles en todo el país.
La nueva normativa modifica artículos fundamentales del Decreto 395/75, que reglamenta la ley nacional de armas. Entre las modificaciones más destacadas se encuentran: la delegación de facultades a las autoridades de cada fuerza para autorizar a su personal el uso y la portación de armas; la diferenciación en los plazos de validez de las credenciales de legítimo usuario; y la centralización de los controles en la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC).
El texto oficial justifica estos cambios en la necesidad de "modernizar y adaptar la reglamentación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N.º 20.429 frente a los desafíos actuales en materia de seguridad pública, control del material balístico y eficiencia administrativa". La reforma apunta, además, a simplificar trámites y reducir cargas burocráticas para el personal de las fuerzas, al tiempo que actualiza los mecanismos de control aplicables a los usuarios civiles.
La medida afecta principalmente al personal activo y retirado de la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Servicio Penitenciario Federal, Fuerzas Armadas, y a las policías y servicios penitenciarios provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. También se introducen cambios relevantes para las asociaciones de tiro, sus integrantes y los usuarios civiles que requieran autorización para la tenencia de armas de "uso civil condicional".
Entre los puntos más destacados, se establece que la autorización para la adquisición, tenencia y portación de armas para el personal de las fuerzas será concedida por el titular de la fuerza correspondiente.
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