La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) confirmó el calendario de pagos de noviembre. A su vez, el organismo, a cargo de Fernanda Raverta, entrega un beneficio económico a quienes estén cursando la licencia por maternidad, que dura 90 días corridos. Cabe destacar que el plazo no corre necesariamente a partir del parto.
Quiénes pueden acceder a la Asignación por Maternidad
- Trabajadoras en relación de dependencia (Sistema Único de Asignaciones Familiares - SUAF).
- Trabajadoras de servicio doméstico registradas.
- Trabajadoras que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART).
Requisitos
- Tener 12 semanas de gestación o más.
- Tener al menos 3 meses de antigüedad en el empleo al momento de comenzar la Licencia por Maternidad.
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Estar trabajando al momento de iniciar la Licencia por Maternidad, en caso de ser trabajadora de temporada.
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Cómo tramitar la licencia por maternidad
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Acreditar los datos personales: revisa si tus datos personales y vínculos familiares (hijos y pareja) están actualizados en Mi ANSES. Si no están actualizados, presenta las partidas de nacimiento de tus hijos menores, el certificado de matrimonio o convivencia y los DNI del grupo familiar.
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Completar el formulario correspondiente según se indica en el título Documentación.
- Ingresar en Atención Virtual.
Se puede sacar turno en el caso de que la oficina seleccionada se encuentre con atención al público de forma presencial. Deberás presentar, con bastante anticipación, el certificado médico informando el embarazo y un conjunto de documentación que debe completar con su empleador / es.
Hasta que la prestación de ANSES por licencia por maternidad se haga efectiva, el empleador debe continuar abonando el salario de la trabajadora, según el organismo.
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Hoy cobrarán la AUH los titulares con DNI terminado en 7.
Empleada doméstica
En caso de que seas empleada doméstica, y desees solicitar la licencia, te sugerimos seguir estos pasos:
- Buscar la página de AFIP y hacer clic en "Acceso con Clave Fiscal".
- Identificarse con CUIT o CUIL y la Clave Fiscal.
- Dentro de la sección "Mis servicios" buscar "Personal de Casas Particulares". En caso de que no figure debe ser dada de alta.
- Elegir "Cargar licencias".
- Ir a la opción "Maternidad" en "Ingresa el tipo" e indicar la fecha "Desde" para que el sistema calcule los 90 días.
- Una vez que el usuario realizó todos los pasos, el sistema va a generar un comprobante.
- Descargar comprobante.
Durante el período de licencia, las trabajadoras podrán seguir cobrando por su trabajo y a su vez recibiendo las asignaciones que otorga ANSES: "Durante la licencia, la trabajadora recibirá una prestación por maternidad (una de las asignaciones familiares previstas), que equivale al sueldo que cobra de manera habitual. Sin embargo, el empleador debe continuar con el pago hasta que la licencia se haga efectiva".
De todas formas, el empleador puede contratar a otra persona bajo la modalidad de trabajadora eventual, tras darle de alta en AFIP.
Documentación necesaria para tramitar la licencia
Trabajadoras en relación de dependencia
- Formulario PS 2.55 Declaración Jurada novedades unificadas de SUAF en los rubros 1, 3, 5, 6 y 10.
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Certificado médico que conste en el rubro 6 debe contener las mismas fechas del certificado médico con el que declaraste el embarazo al empleador o podés reemplazar el rubro 6 con el certificado médico con el cual el empleador tomó conocimiento del estado de embarazo. El certificado de embarazo debe estar extendido por un médico o Licenciado en Obstetricia del que surja el nombre, apellido y tipo y número de documento de la embarazada, semanas o meses de gestación, fecha probable de parto, fecha de emisión del certificado, y firma y sello del médico o Licenciado en Obstetricia.
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El rubro 10 debe tener tu firma y la del empleador. Si por motivo del aislamiento social, preventivo y obligatorio tu empleador no firmó el formulario podrás adjuntar una nota, firmada por el empleador, en la cual informe los datos solicitados en el rubro 5, es decir, tu opción de licencia (30/60 o 45/45) y la fecha en la cual le declaraste el estado de embarazo y efectuaste la opción de licencia.
Trabajadoras de Servicio Doméstico
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Formulario PS 2.75 Declaración Jurada Maternidad Servicio Doméstico en los rubros 1, 2, 3, 4, 5 y 6.
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Certificado médico del rubro 4 debe contener las mismas fechas del certificado médico con el que declaraste el embarazo al empleador o podés reemplazar el rubro 4 con el certificado médico con el cual el empleador tomó conocimiento del estado de embarazo. El certificado de embarazo debe estar extendido por un médico o Licenciado en Obstetricia del que surja el nombre, apellido y tipo y número de documento de la embarazada, semanas o meses de gestación, fecha probable de parto, fecha de emisión del certificado, y firma y sello del médico o Licenciado en Obstetricia.
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El rubro 6 debe tener tu firma y la del empleador. Si por motivo del aislamiento social, preventivo y obligatorio tu empleador no firmó el formulario podrás adjuntar una nota, firmada por el empleador, en la cual informe los datos solicitados en los rubros 3 y 5, es decir, tu opción de licencia (30/60 ó 45/45), la fecha en la cual le declaraste el estado de embarazo y efectuaste la opción de licencia, las horas trabajadas semanalmente (menos de 12 horas, entre 12 y 16 horas ó más de 16 horas), monto que percibís mensualmente, si es “con o sin Retiro” del domicilio y la fecha de Ingreso al empleo.
Además, por cada uno de tus empleos debes presentar:
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Constancia de “Alta de Personal de Casas Particulares”. Se obtiene por la página de AFIP.
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Formulario AFIP F.102/RT “Volante de Pago Trabajador de Casas Particulares Aportes y Contribuciones” o recibo de sueldo por cada uno de los empleos.
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